ORDEN EYH/1136/2023, de 25 de septiembre, por la que se regulan las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación correspondientes a la supervisión continua de las entidades integrantes del sector público institucional de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

El artículo 81.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que todas las Administraciones Públicas deberán establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades, con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y su sostenibilidad financiera, y que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción.

La Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 278 bis (incorporado por la Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas), asigna el ejercicio de la supervisión continua en el ámbito autonómico de Castilla y León a la Intervención General de la Administración de la Comunidad.

Corresponde al Consejero de Economía y Hacienda dictar la presente orden en base a lo dispuesto en el artículo 26.1 f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme la cual los consejeros ejercerán la potestad reglamentaria y la función ejecutiva en las materias propias de su Consejería.

Mediante esta orden se regula el sistema de supervisión continua de las entidades del sector público institucional de la Comunidad de Castilla y León estableciendo las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación a desarrollar.

Asimismo, esta orden se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 42 de la ley 2/2010 de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública: los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, eficiencia, accesibilidad, coherencia y responsabilidad.

La presente orden persigue un interés general al tener por objeto una gestión más eficiente, la racionalización de los recursos públicos y una mejora de los mecanismos de control del sector público institucional autonómico.

En virtud del principio de proporcionalidad, la regulación se ha redactado empleando aquellas medidas que no supongan a sus destinatarios la restricción de derechos o la imposición de obligaciones más allá de las indispensables.

Lunes, 2 de octubre de 2023

Con la norma que se adopta se contribuye a proporcionar seguridad jurídica a las entidades incluidas en su ámbito de aplicación, al ser conocedoras de las actuaciones de control a efectuar y su finalidad.

La orden no va a suponer incremento del gasto público, dado que no requiere la creación de nuevas unidades administrativas. Además, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico del que deriva y en el que se integra, así como con los objetivos de las políticas públicas que desarrolla la Junta de Castilla y León.

En su redacción se ha utilizado un lenguaje fácilmente comprensible, siempre respetando la precisión técnica y el margen otorgado por la normativa a la que desarrolla.

Así mismo, se identifica el órgano administrativo competente para el ejercicio de las actuaciones reguladas en la orden.

Por último, en cuanto al principio de transparencia, la norma está exenta de los trámites de consulta pública, audiencia e información pública, que no son...

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