ORDEN EYH/1028/2017, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (en adelante Instituto), ente público de derecho privado, adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda, tiene como finalidad promover la competitividad del sistema productivo en Castilla y León, así como favorecer y dar apoyo financiero a la estrategia empresarial de innovación siendo un instrumento dinamizador y de apoyo a las empresas de la Región.

El Instituto ha venido desarrollando actuaciones de apoyo a las empresas con el objetivo de crear, potenciar y regenerar el tejido industrial de Castilla y León incidiendo positivamente en las variables socioeconómicas de su entorno geográfico.

La estrategia de la nueva programación con Fondos de la Unión Europea para el período 2014-2020 en la Comunidad de Castilla y León, exige un mayor impacto de las actuaciones que se programen y una mayor eficacia de las mismas. Para ello, se hace necesario concentrar los recursos en una serie de prioridades temáticas, identificadas en la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León, lo que condiciona directamente el apoyo selectivo de actuaciones vinculadas a la I+D+I en estas prioridades Temáticas.

Con esta finalidad, el Instituto ha diseñado en su plan estratégico los programas fundamentales de apoyo y entre ellos están el programa de potenciación de la investigación, el desarrollo tecnológico y la Innovación, con el objetivo de mantener el apoyo a las empresas en la realización de actividades de I+D+i, en el contexto de la nueva Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3). El objetivo será mejorar la competitividad de las empresas, a través de la creación de productos, procesos, o servicios nuevos, o sustancialmente mejorados y realizados principalmente en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León.

La Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León 2014-2020, aprobada por Acuerdo de 16 de abril de 2014, de la Junta de Castilla y León, constituye el documento de planificación de las políticas de ciencia y tecnología de esta Comunidad para los próximos años, tal como prevé la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en Castilla y León.

Con esta estrategia se pone en marcha un nuevo enfoque en las políticas de apoyo público, de manera que se concentren los esfuerzos en aquellos campos de conocimiento y en aquellas actividades que en Castila y León son más eficientes y disponen de suficiente masa crítica para ser competitivas en los mercados globales. Es además obligado por la Comisión Europea que los recursos públicos provenientes del Programa Operativo FEDER 2014-2020 del eje 1 dedicado a Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, se dediquen de manera exclusiva a los ámbitos definidos en la RIS3.

Dada la actual coyuntura económica, es muy importante fomentar que las empresas de la región, salgan a mercados internacionales, incluido el de la Investigación y Desarrollo. Por esta razón, desde el Instituto se fomenta la participación de las entidades regionales en programas y redes internacionales, con énfasis en las europeas, pero dada la elevada competitividad de estos programas, proyectos calificados como excelentes (designados así por una evaluación internacional transparente y altamente exigente) quedan sin financiación. Tal es el caso del «Sello de Excelencia» sello de calidad creado por la Comisión con el que la Comunidad Económica Europea premia a propuestas de I+D+i excelentes, que han sido presentados a convocatorias y evaluados positivamente bajo el programa H2020, pero que no han obtenido financiación. Estos proyectos posteriormente no podrían acogerse a otras líneas de ayuda, por ejemplo Regionales, dado que habrían comenzado y no cumplirían el efecto incentivador. Es por ello, que conviene recoger la posibilidad de futuras convocatorias de ayudas de I+D+i que permitan tener gasto que pueda ser anterior a la solicitud de ayuda, es decir en las que no necesariamente se dé el efecto incentivador de la ayuda y para las cuales no es de aplicación el Reglamento N.º 651/2014 de exención por categorías, pero si tendrían cabida mediante el Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Por otro lado, esta orden es el marco regulatorio para todas las subvenciones a la I+D+i empresarial en el período 2014-2020, por lo que en la misma se establecen las bases para toda la tipología posible de apoyo a la I+D+i, que de modo resumido podrá ser:

- Proyectos de I+D+i individuales de empresas y de Organismos de Investigación.

- Proyectos estratégicos de I+D+i, considerando como tales a los que así se definan en la convocatoria específica (por ejemplo proyectos que se desarrollen en el marco de convocatorias internacionales de I+D+i, proyectos de gran impacto en la región, etc.).

- Proyectos de I+D+i en colaboración entre empresas.

- Proyectos de I+D+i en colaboración entre empresas y organismos de investigación. Asimismo, en el marco de las categorías anteriores, y respetando la estrategia de complementariedad de los apoyos de la ADE con los existentes a nivel nacional y europeo, y considerando la existencia de otras iniciativas de apoyo a la I+D+i empresarial en los ámbitos nacional y europeo, las convocatorias específicas de subvenciones podrán establecer límites de presupuesto máximo de los proyectos financiables, con el objetivo de favorecer iniciativas interesantes que de otro modo no tendrían respaldo, y evitar al mismo tiempo duplicidad en los apoyos así como facilitar que PYME con poca o ninguna experiencia en el desarrollo de proyectos de I+D+i accedan a los apoyos públicos para este tipo de proyectos.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 9.2 que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta Ley.

Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras, con el carácter de disposiciones generales, deben desarrollar el régimen jurídico de cada subvención con el contenido mínimo establecido en las normas básicas y en el propio artículo 6.

El artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León establece que, cuando las subvenciones hayan de ser otorgadas por entes integrantes de la Administración Institucional, las bases reguladoras se aprobarán mediante orden del titular de la Consejería correspondiente.

La Orden EYH/252/2016, de 29 de marzo, establece las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León.

Resulta necesario adaptar las bases reguladoras de estas subvenciones a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, de modo particular, el procedimiento administrativo de concesión.

La presente orden se estructura en dos capítulos: en el primero se establecen las normas relativas a beneficiarios, tipos de proyectos, características de las ayudas e intensidades máximas, entre otros aspectos. En el segundo, se describe el procedimiento de gestión de las subvenciones.

Por otro lado, dado que aún no se han aprobado las áreas funcionales estratégicas definidas en el artículo 9 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, ni el Programa de dinamización para las zonas con desafíos demográficos, se contemplan entre los criterios de valoración previstos en las presentes bases reguladoras, el apoyo específico a las inversiones realizadas en poblaciones con menor dinamismo demográfico.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre,

DISPONGO

Artículo único Objeto.

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León, que se incorporan como Anexo a la presente orden.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Procedimientos iniciados.

Los procedimientos iniciados con anterioridad de la entrada en vigor de esta orden se regirán por las disposiciones vigentes en el momento de su iniciación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Régimen derogatorio.

Queda derogada la Orden EYH/252/2016, de 28 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 14 de noviembre de 2017.

La Consejera de Economía y Hacienda,

Fdo.: M aría del P ilar del O lMO M OrO

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i EN CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Base primera.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Las subvenciones reguladas por las presentes bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para financiar proyectos de I+D+i realizados en centros de trabajo de Castilla y León.

  2. No serán subvencionables al amparo de las presentes bases aquellos proyectos comprendidos en los ámbitos excluidos en el artículo 1 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el...

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