Orden del Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, de fecha 7 de julio de 2016, relativa a la modificación n.º 2 del PGMO de Jumilla. Modificación de reserva de suelo para la autovía Murcia-Fuente la Higuera. Expte. 197/08 de planeamiento.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
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Comunidad Autónoma
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Otras disposiciones
Consejería de Fomento e Infraestructuras
6648 Orden del Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, de fecha 7 de julio de 2016, relativa a la modificación n.º 2 del PGMO de Jumilla. Modificación de reserva de suelo para la autovía Murcia-Fuente la Higuera. Expte. 197/08 de planeamiento.
Con fecha 7 de julio de 2016 el Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras, ha dictado la siguiente Orden:
Antecedentes de hecho
Primero.- El avance de la presente modificación se acordó en sesión plenaria de 30 de junio de 2008 y se sometió a información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncios en los diarios La Opinión y La Verdad (11 y 16/09/08) y BORM (16/9/08).
Segundo.- El Ayuntamiento de Jumilla, en sesión plenaria de 29 de diciembre de 2008, aprobó inicialmente la modificación de referencia y la sometió a información pública mediante la inserción de anuncio en el BORM de 16 de marzo de 2009.
El anterior documento fue informado por la Dirección General de urbanismo con fecha 8 de abril de 2009, señalando una serie de deficencias.
Tercero.- En sesión plenaria de 27 de octubre de 2014, acordó su aprobación provisional y remisión a esta Consejería para su aprobación definitiva. Lo que hizo mediante oficio registrado de entrada el día 1 de diciembre de 2014.
Cuarto.- La Comisión de Coordinación de Política Territorial, previos los informes de los servicios de Urbanismo, de Ordenación del Territorio y Jurídico Administrativo de 18/12/14, 26/1/15 y 11/2/15, en su sesión de 9 de abril de 2015, acuerda que con anterioridad a su aprobación definitiva, se deben subsanar las siguientes deficiencias:
La documentación debe aportarse firmada por técnico competente.
Los planos se aportan a una escala menor a la señalada. Deben aportarse, al menos, a la misma escala que los originales (1/10.000 los de la serie B), facilitando así su total lectura y comparación.
Falta el sombreado de color en el plano SP-B-3-6, sombreado que aporta la información objeto del plano.
La codificación del Suelo No Urbanizable Protegido por el Planeamiento, Reserva de Comunicaciones, figura en algunos casos como UN/rc donde debe figurar NU/rc. Debe rectificarse.
En el nuevo cuadro 1/b debe actualizarse la cifra recogida en hectáreas (Has) para el URss/rdmi. Además, aprovechando la remisión del cuadro 1/b, deberían rectificarse los errores que en él aparecen (superficie de Sistemas Generales de...
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