Orden EDU/2191/2011, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior.

MarginalBOE-A-2011-13385
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

La Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, dictada en desarrollo del Real Decreto 1138//2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior, establece un sistema específico de provisión de vacantes por funcionarios docentes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior.

La Orden en su apartado primero.2, letra b), al contemplar los requisitos de los participantes en dichos procedimientos de provisión, desarrollando el artículo 14.2 de aquel Real Decreto dispone que a las vacantes ofertadas podrán aspirar los funcionarios de carrera que reúnan, entre otros, el requisito de contar con una antigüedad mínima de tres años como funcionario de carrera en activo en el respectivo cuerpo docente desde el que se participa en el concurso, computados hasta la fecha de conclusión del plazo presentación de instancias señalado en las respectivas convocatorias.

Dicha Orden es anterior a la creación de los cuerpos de catedráticos realizada por la Ley de Calidad de la Educación, cuerpos cuya implantación de modo efectivo se ha producido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), actualmente vigente.

Esta última Ley, en su disposición adicional octava . 3, dispone la integración en los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, de escuelas oficiales de idiomas y de catedráticos de artes plásticas y diseño de los funcionarios de los respectivos cuerpos de profesores con la condición de catedrático. Además, la Ley prevé que los funcionarios docentes de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas y de profesores de artes plásticas y diseño puedan acceder a los respectivos cuerpos de catedráticos a través del sistema de promoción interna contemplado en sus disposiciones adicionales décima y duodécima. 2, siempre que reunieran los requisitos que en esta última disposición se establecen.

La LOE en su disposición adicional octava . 5 prevé que los funcionarios de los cuerpos de catedráticos participarán en los concursos de provisión de puestos conjuntamente con los funcionarios de los cuerpos de profesores de los niveles correspondientes, a las mismas vacantes, sin perjuicio de los méritos que le sean de aplicación por su pertenencia a los...

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