Orden de ejecución en calle La Cuesta 1 y 1A
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Emisor | Ayuntamiento de Villamediana de Iregua |
Rango de Ley | Orden |
Habiéndose intentado por este Ayuntamiento notificar la siguiente Orden de Ejecución y no teniendo constancia de la efectiva realización de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, B.O.E. nº 285, de 27.11.1992), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, (B.O.E. nº 12, de 14.01.99), se efectúa la notificación por este medio.
Interesado.- Servicios Jare 2005, S.L. con domicilio en Logroño.
Notificación
Asunto: Orden de Ejecución en calle la Cuesta 1 y 1A.
Teniendo en cuenta que por los Servicios Técnicos Municipales se ha informado de que en las parcelas 1 y 1A de calle La Cuesta se procedió en su momento a la demolición de las edificaciones existente y a la posterior limpieza del solar, sin proceder a su vallado y a la prolongación del muro de contención que arranca en la esquina sureste de la parcela 1 de la calle La Cuesta.
Al no haberse llevado a cabo las medidas de vallado y prolongación del muro de contención de la calle La Cuesta, se están efectuando vertidos incontrolados de residuos en las citadas parcelas, y peligra la estabilidad del firme de la calle La Cuesta frente al número 5 de la misma. A su vez en las parcelas de referencia existe un grave riesgo de caídas al existir un desnivel mayor de 2 metros entre la calle La Cuesta y la rasante de las parcelas.
Visto lo dispuesto en la normativa vigente, y en concreto en los artículos 9 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo; Art. 10 y 11 del R.D 2187/1978, de 23 de junio, sobre Reglamento de Disciplina Urbanística; Art. 197 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, en cuya virtud se establece los propietarios de los terrenos tienen la obligaciones de conservarlos en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, estando facultado el Ayuntamiento para ordenar la ejecución de las obras necesarias para conservar aquellas acondiciones.
Teniendo en cuenta cuanta antecede y en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen Local, por la presente dicto la siguiente Resolución:
Primero.- Ordenar a la mercantil propietaria de las parcelas de calle La Cuesta nº 1 y 1A de Villamediana, la ejecución de las medidas necesarias señaladas en el informe técnico emitido...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba