ORDEN EIE/772/2016, de 18 de julio, por la que se convocan ayudas para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público adscrita al Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y regulado por el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del citado texto refundido, la Presidencia del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento corresponde actualmente a la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

Dicho organismo tiene entre sus objetivos fundamentales favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón y el incremento y consolidación del empleo, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas en aquellos proyectos que supongan una mejora de su competitividad. Así, tal y como indica el artículo 4.a del Texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, entre las funciones del Instituto está la promoción de proyectos de inversión, públicos y privados, con especial incidencia en las zonas menos desarrolladas del territorio aragonés.

La Comunidad Autónoma de Aragón no ha sido beneficiaria del Fondo de Compensación Interterritorial por su nivel de renta. Sin embargo, presenta desigualdades interterritoriales significativas sobre las que la política regional no puede actuar eficazmente con los mecanismos de carácter general disponibles. Por ello, resultó necesario crear un mecanismo de apoyo específico para la provincia de Teruel, con el objetivo de dotar a este territorio de capital productivo, elevar su nivel de renta y desarrollar sus infraestructuras industriales, a la vez, hacer atractivo y promover la inversión empresarial generadora de empleo.

Con la intención de alcanzar este objetivo, se promovió el Fondo de Inversiones de Teruel, dotado a partes iguales por la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón. El Fondo de Inversiones de Teruel es un instrumento de colaboración interadministrativa entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Administración General del Estado que tiene como principal misión la corrección de los desequilibrios económicos y territoriales existentes en la provincia de Teruel, habida cuenta de que la provincia no es beneficiaria del Fondo de Compensación Interterritorial.

Cada año se suscribe un convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel (Fondo de Inversiones de Teruel). El convenio desarrolla el protocolo de intenciones que, con fecha 7 marzo de 2011, se firmó entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón con la finalidad de promover actuaciones que favorezcan la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel.

La comisión de seguimiento del convenio, como órgano paritario competente para adscribir los recursos a los distintos proyectos de inversión, aprueba anualmente una partida presupuestaria denominada "Refuerzos Eléctricos, Gasísticos e Hidráulicos. Varias localidades" para la realización de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas. El marco normativo aplicable al Fondo de Inversiones de Teruel permite que la Comunidad Autónoma de Aragón convoque las subvenciones con cargo al mismo, resultando aplicable lo previsto en la normativa básica estatal y en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Mediante Orden de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, de fecha 7 de setiembre de 2015, se reconocieron las obligaciones derivadas de la realización de proyectos por parte del Instituto Aragonés de Fomento con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2015, entre los que se encuentra el denominado "Refuerzos Eléctricos, Gasísticos e Hidráulicos. Varias localidades", con cargo a las aplicaciones presupuestarias G/6126/740070/32200 y G/6126/740070/91001, al 50%.

Las ayudas están destinadas a apoyar mediante subvenciones públicas la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población.

En este sentido, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Consejera de Economía, Industria y Empleo aprobó mediante Orden EIE/709/2016, de fecha 6 de julio, las bases reguladoras de estas ayudas para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 135, de fecha 14 de julio de 2016

En concreto, en dichas bases reguladoras, se dispone que el otorgamiento de las ayudas se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva, siendo este procedimiento el ordinario para la concesión de Subvenciones tal y como dispone el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón, y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

De acuerdo con lo expuesto, y al objeto de gestionar las ayudas con destino a infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel, es necesario efectuar, mediante esta orden, la convocatoria que permita acceder a las mencionadas ayudas.

En esta convocatoria se ha tenido en cuenta la normativa general de subvenciones estatal y autonómica y el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (publicado en el DOUE L352/1, de 24 de diciembre de 2013).

La convocatoria se ajusta a lo establecido en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2016-2019, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo.

En virtud de todo lo que antecede y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto y Finalidad.

  1. Esta orden tiene por objeto convocar las ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2015 para proyectos de inversión en la provincia de Teruel relacionados con infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población.

  2. Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por la Consejera de Economía, Industria y Empleo mediante Orden EIE/709/2016, de 6 julio, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y demás normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  3. Las ayudas objeto de esta convocatoria quedan acogidas al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (publicado en el DOUE L352/1, de 24 de diciembre de 2013).

  4. La finalidad de estas ayudas es favorecer la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y riqueza, sean generadoras de empleo y contribuyan a la fijación de población.

    Segundo.- Actuaciones subvencionables.

    Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y efectivamente pagadas en el periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2015 hasta el 10 de octubre de 2016.

    Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:

  5. Las inversiones correspondientes a la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que correspondan a acometidas para nuevos suministros o mejora y renovación de los existentes, y que se ubiquen en la provincia de Teruel.

  6. Los gastos de redacción de proyecto y dirección de obra, seguridad y salud, licencias y autorizaciones hasta un máximo del 10% del presupuesto de ejecución material de la inversión total, y siempre que sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

    El IVA únicamente podrá considerarse como importe subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por el beneficiario.

    Tercero.- Beneficiarios.

  7. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria empresas (grandes y pymes), autónomos y las entidades y administraciones públicas de la provincia de Teruel. Las ayudas establecidas en esta convocatoria quedan acogidas, en el caso de empresas y autónomos, al régimen de mínimis.

  8. Para la determinación de la consideración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR