Orden EIC/710/2017, de 26 de julio, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.

MarginalBOE-A-2017-9069
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía, Industria y Competitividad
Rango de LeyOrden

El último proceso electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación se instrumentó por Orden ITC/2019/2009, de 22 de julio, por la que se declaró abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España y de su Consejo Superior.

Se hace necesaria la apertura de un nuevo proceso electoral para la renovación de los Plenos de estas corporaciones al haber transcurrido el plazo suficientemente para la adaptación de las normativas autonómicas a lo dispuesto en la Ley 4/2014 de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

En este sentido y de acuerdo con lo dispuesto en su disposición transitoria primera, el plazo máximo para la adaptación concluyó el 31 de enero de 2015, y a partir del mismo las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación adaptarían el contenido de sus Reglamentos de régimen interior en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de sus respectivas leyes autonómicas, que deberían ser aprobados por sus Administraciones tutelantes.

En virtud de lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, así como en los artículos 3.5 y 23.2 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, el mandato general de los cuatro años de los órganos de gobierno de las Cámaras, según se establece en la disposición transitoria segunda de la misma se encuentra prorrogado hasta la que se constituyan los nuevos órganos de gobierno tras el correspondiente proceso electoral celebrado de acuerdo a esta nueva ley de Cámaras y a la normativa de desarrollo de las diferentes comunidades autónomas.

Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, y en el artículo 24.1 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, previo acuerdo con las Comunidades Autónomas, adoptado en la Conferencia Sectorial de 21 de abril de 2017, dispongo:

Primero. Apertura del proceso electoral.

  1. Se abre el proceso electoral para la renovación íntegra de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

  2. El proceso electoral quedará abierto el día 2 de octubre de 2017 y finalizará el día 30 de septiembre de 2018.

    Segundo. Exposición del censo electoral.

  3. Las diferentes Cámaras Oficiales de...

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