Orden EFT/15/2020, de 25 de mayo, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Integrado de Formación Profesional Número 1 de Santander, para su provisión por el sistema de libre designación.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Educación, Formación Profesional y Turismo
Rango de LeyOrden

El Decreto 76/2006, de 22 de junio, crea el Centro Integrado de Formación ProfesionalNúmero 1 de Santander.

El Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros Integrados de Formación Profesional, establece en su artículo 13.1 que ladirección de los Centros Integrados de titularidad pública será provista por el procedimiento delibre designación entre funcionarios docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad,publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro.

El Decreto 20/2013, de 25 de abril, que regula los Centros Integrados de Formación Profesional y establece su organización y funcionamiento en el ámbito de la Comunidad Autónomade Cantabria, establece en el artículo 19 las condiciones para el nombramiento, cese y funciones del Director. El apartado 2.a) del citado artículo determina que el Director cesará en susfunciones por causa de finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de laprórroga del mismo. Asimismo, el citado artículo establece que el nombramiento del Directorpodrá ser renovado por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Consejería a la que está adscritoel centro. Al finalizar el periodo de nombramiento con fecha de 30 de junio de 2020, procedeconvocar nuevamente el puesto de Director del citado centro para que esté resuelta su cobertura a partir del 1 de julio de 2020.

Por ello, en aplicación de la habilitación contenida en la disposición final Segunda del Decreto 20/2013, de 25 de abril, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 35.f) de laLey 5/2018, de 2 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Convocar la provisión del puesto de trabajo, relacionado en el Anexo I, mediante el sistemade Libre Designación, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de los candidatos.

Podrán tomar parte en el proceso los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticosde Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional que cumplan los siguientes requisitos:

CVE-2020-3271

Estar en situación de servicio activo.

Tener una experiencia docente de, al menos, cinco años como funcionario de carrera.

Estar prestando servicio activo en puesto docente de la Consejería de...

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