ORDEN EDU/388/2016, de 6 de mayo, por la que se regulan los 'Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro'.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La lectura y la escritura son, sin ninguna duda, instrumentos fundamentales para la adquisición del conocimiento y para el aprendizaje a lo largo de la vida, por lo que, trabajar en la mejora de la competencia en comunicación lingüística debe ser un objetivo prioritario y tarea de todos aquellos que comparten la responsabilidad en la educación de los niños y adolescentes, comprometiendo a toda la sociedad, especialmente a las familias y a los centros docentes.

Actualmente formar lectores implica, además, prepararlos para utilizar distintos soportes y tipologías de textos. Vivimos en un entorno lector y en un entorno digital que amplían nuestras posibilidades de crecimiento personal, de socialización y de desarrollo creativo. Las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) y la lectura han de ser, por tanto, instrumentos complementarios, no excluyentes.

Las bibliotecas escolares deben ser instrumentos de innovación y apoyo al desarrollo curricular que complementen el trabajo realizado en el aula, convirtiéndose en un indicador de la calidad del centro educativo. Las bibliotecas escolares han de ser un lugar de encuentro entre la cultura digital y la cultura impresa, un lugar vivo al servicio de la comunidad educativa.

La Orden EDU/747/2014, de 22 de agosto, modificada mediante Orden EDU/351/2016 de 25 de abril, regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y los define en el artículo 2.1 como el conjunto de objetivos, metodologías y estrategias confluyentes para promover el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora, lo que implica un apoyo explícito a la adquisición de las competencias. El artículo 3 recoge, entre los objetivos de los planes de lectura de centro, el proporcionar y reforzar estrategias desde todas las áreas del currículo para que los escolares desarrollen habilidades de lectura, escritura y comunicación oral y se formen como sujetos capaces de desenvolverse con éxito en el ámbito escolar y fuera de él.

Por su parte, la disposición adicional de la citada orden, en su párrafo tercero, indica que la consejería competente en materia de educación establecerá acciones destinadas a reconocer periódicamente aquellos planes de lectura de centro que destaquen por su calidad, creatividad, interés o aplicabilidad en el aula, previsión a la que se da respuesta a través de la presente orden con la...

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