ORDEN DRS/135/2016, de 22 de febrero, por la que se convoca el Premio 'Medio Ambiente de Aragón', para el año 2016.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Decreto 317/2015, de 15 diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, establece como competencia de este departamento, en concreto de la Dirección General de Sostenibilidad, el impulso y la coordinación en el desarrollo de acciones de educación ambiental.

Mediante Decreto 177/2013, de 5 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se regula el Premio "Medio Ambiente de Aragón" a las acciones en favor del medio ambiente, destinado a impulsar la conciencia ambiental de los ciudadanos aragoneses, mediante el reconocimiento público a una labor meritoria realizada en el campo del medio ambiente en Aragón.

El artículo 3 de dicho Decreto señala que la convocatoria pública del Premio "Medio Ambiente de Aragón" se realizará mediante orden del consejero con competencias en medio ambiente, actualmente, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, que incluirá el objeto y ámbito de cada una de las modalidades de las que consta.

En virtud de lo anterior, se aprueba la convocatoria por la que se regirá el Premio "Medio Ambiente de Aragón" en el año 2016 en todas sus modalidades, haciéndose también pública la composición del Jurado conforme a lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 5 del Decreto 177/2013, de 5 de noviembre.

Primero.- Objeto.

El objeto de esta orden es establecer la convocatoria por la que se regirá el Premio "Medio Ambiente de Aragón" en el año 2016, en todas sus modalidades.

Segundo.- Candidaturas.

  1. Podrán optar al Premio "Medio Ambiente de Aragón", en todas sus modalidades, todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad a favor del medio ambiente se desarrolle total o parcialmente en esta comunidad autónoma y que hayan destacado por su trayectoria o por un proyecto o actividad concreta en defensa de los valores ambientales y naturales en el entorno físico o cultural de Aragón, no habiendo incurrido en sanción por infracción administrativa o delito medioambiental.

  2. Las candidaturas podrán ser presentadas por los propios candidatos o por otras personas, grupos de personas, entidades o instituciones, que avalen su trayectoria en el ámbito ambiental, importancia del proyecto o actuación para la defensa de los valores ambientales en nuestra comunidad autónoma, y el currículum del candidato o la entidad de que se trate.

  3. Las candidaturas al Premio, en cualquiera de sus modalidades, irán dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, acompañándose de una memoria en la que se expongan los méritos y currículum de la persona o entidad que se propongan y de la documentación justificativa de los trabajos o actividades realizados.

    Tercero.- Requisitos generales.

    Los trabajos objeto de candidatura deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Los trabajos, estudios, o proyectos desarrollados deberán estar vinculados directa o indirectamente, con la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón.

    2. Los trabajos presentados deberán haber sido desarrollados fundamentalmente a lo largo del año 2015, aun cuando continúen en la actualidad.

    3. Los trabajos deberán contemplar temas...

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