ORDEN de 29 de agosto de 2014 de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal de Entrimo.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyOrden

El Ayuntamiento de Entrimo remite el Plan general de ordenación municipal en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo previsto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Después de analizar el expediente y los documentos que integran el PGOM de Entrimo, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

  1. Antecedentes.

    1. El Ayuntamiento de Entrimo cuenta, en la actualidad vigente, con un proyecto de ordenación del medio rural aprobado definitivamente el 30.6.2003.

    2. Iniciada la tramitación del nuevo PGOM, al amparo del artículo 85.1 de la LOUG, la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe previo a la aprobación inicial el 7.3.2011.

    3. El Ayuntamiento pleno en sesión de 25.10.2011 aprobó inicialmente el plan general y lo sometió a información pública durante dos meses, mediante anuncios en el DOG de 8.11.2011; y en los periódicos La Región de 2.11.2011 y Faro de Vigo de 3.11.2011. Simultáneamente, se le dio audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Lobeira y Lobios y se solicitaron los informes sectoriales requeridos en las correspondientes legislaciones.

    4. La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental elaboró la memoria ambiental correspondiente al procedimiento de evaluación ambiental estratégica del PGOM de Entrimo (DOG de 19.12.2013).

    5. El Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente el PGOM en sesión de 10.12.2013 y lo remitió a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo solicitando su aprobación definitiva.

    6. En virtud del artículo 85.5 de la LOUG, el 13.1.2014 la SGOTU requirió al Ayuntamiento de Entrimo para la corrección de una serie de deficiencias documentales observadas.

    7. El PGOM de Entrimo, con la corrección de las deficiencias señaladas, fue aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento el 30.5.2014; y remitido nuevamente a la SGOTU para su aprobación definitiva.

    8. En el expediente remitido constan los informes municipales previstos en el artículo 85.1 LOUG: técnico (24.11.2010 y 21.10.2011) y Secretaría (13.12.2010 y 27.05.2014); los informes sectoriales y certificación de la secretaria interventora del Ayuntamiento (27.5.2014) de la solicitud de informe y no contestación por parte de varios organismos.

  2. Análisis y consideraciones.

    Según lo dispuesto en los artículos 85.7 y...

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