ORDEN CUS/21/2022, de 1 de febrero, por la que se dispone el cese y nombramiento de las personas titulares de las vocalías del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo, y de las personas que ocupan su Secretaría, titular y suplente.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

El Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo (en adelante, el Consejo), de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón, es el órgano técnico de asesoramiento en materia de investigación, desarrollo e innovación del Gobierno de Aragón, en el que está representada la comunidad científica e investigadora en las diferentes áreas de conocimiento, y está adscrito al Departamento competente en materia de I+D+i, actualmente el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, en virtud del Decreto 7/2020, de 10 de febrero, por el que se aprueba su estructura orgánica.

El artículo 5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo (en adelante, el Reglamento), aprobado por Decreto 126/2020, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, determina las entidades, centros y organismos de investigación a los que corresponde designar a las diecisiete vocalías del Consejo: cuatro a propuesta de la Universidad de Zaragoza; una a propuesta de la Universidad San Jorge; una por cada uno de los sindicatos más representativos en la comunidad universitaria, a propuesta de cada uno de ellos, respectivamente; dos a propuesta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CISC); una a propuesta de los organismo públicos de investigación (OPI´s) de la Administración General de Estado que se ubiquen en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, o que, sin estar ubicados en la misma mantengan relaciones estables de colaboración con organismos o centros propios de la Comunidad Autónoma, con excepción del CISC; tres a propuesta de los organismos públicos dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los centros de investigación de carácter público que tengan entre sus fines la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la transferencia de conocimientos; una a propuesta de las fundaciones integrantes del Sistema Aragonés de I+D+i; dos en representación de las agrupaciones empresariales innovadoras o clústeres de innovación en el ámbito de la Comunidad Aragón a propuesta de los entes recogidos en el anexo I.3.j) de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre; y finalmente, una vocalía en representación de la Comisión Asesora Mujer y Ciencia designada de entre aquellos miembros que representen la comunidad científica. Asimismo, el artículo 7 del Reglamento determina que las personas que ocupen las vocalías serán...

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