ORDEN GRI/160/2011, de 15 de julio, por la que se fija la hora de la sesión constitutiva del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

ORDEN

GRI/160/2011, de 15 de julio, por la que se fija la hora de la sesión constitutiva del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona.

La Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona, configura esta Área como un ente local supramunicipal de carácter territorial integrado por los municipios de la conurbación de Barcelona a que hace referencia el artículo 2 de la Ley, entre los que existen vinculaciones económicas y sociales que hacen necesaria la planificación de políticas públicas y la implantación de servicios de una manera conjunta.

De acuerdo con la disposición transitoria quinta de la Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona, la constitución del primer Consejo Metropolitano se debe efectuar, después de la entrada en vigor de esta Ley, una vez tenidas las primeras elecciones locales que se convoquen, las cuales tuvieron lugar el 22 de mayo de este año. Al amparo de la normativa general de régimen local, las corporaciones municipales se constituyeron, en sesión pública, el día 11 de junio de este año, a menos que se hubiera presentado recurso contencioso electoral contra la proclamación de los/las regidores/as electos/as, caso en que se constituirían el día 1 de julio, como ha sucedido en el Ayuntamiento de Barcelona.

El artículo 7.3 de la Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona, dispone que el Consejo Metropolitano tiene su sesión constitutiva el décimo día, o el siguiente si es inhábil, desde la finalización del plazo fijado para la elección de los representantes de los ayuntamientos en el Consejo Metropolitano. Esta sesión y la elección del presidente o presidenta se llevan a cabo de acuerdo con lo que establece la legislación electoral general para la elección del alcalde o alcaldesa, con las especialidades determinadas por la letra b) del artículo 4.5 y el artículo 11.2.

Previamente, de acuerdo con el artículo 4.5.b) de la Ley 31/2010, se reúne el Consejo de Alcaldes, para elegir al candidato a presidente o presidenta del Área Metropolitana de Barcelona, a las 10 horas, como requisito previo a la sesión constitutiva del Consejo Metropolitano.

Dado que se debe fijar la hora de celebración de la sesión constitutiva del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona, una vez los municipios con representantes en el Consejo Metropolitano han elegido a sus representantes de acuerdo con el artículo 7.3 de...

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