Orden del Consejero de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de fecha 25 de mayo de 2022, relativa a toma de conocimiento de la subsanación de deficiencias de la aprobación definitiva parcial del PGMO de Águilas (expte: 363/06 planeamiento).

Fecha de publicación15 Junio 2022
Número de Gaceta3159
EmisorConsejería de Fomento e Infraestructuras
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento e Infraestructuras

3159 Orden del Consejero de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de fecha 25 de mayo de 2022, relativa a toma de conocimiento de la subsanación de deficiencias de la aprobación definitiva parcial del PGMO de Águilas (expte: 363/06 planeamiento).

Con fecha 25 de mayo de 2022 el Consejero de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ha adoptado la siguiente Orden:


Antecedentes de hecho

Primero.- Por Orden del Consejero de Fomento e Infraestructuras de 25 de agosto de 2021, se llevó a cabo la aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Ordenación de Águilas, si bien, dicha aprobación se otorgó a reserva de la subsanación de las deficiencias señaladas en el antecedente decimotercero, y se condicionó la publicación de la Orden a la subsanación de las deficiencias señaladas para la normativa urbanística (incluyendo las fichas de planeamiento de los sectores o ámbitos parcialmente aprobados).

En la misma se establecía como condición para su publicación que se llevara a cabo la subsanación de las deficiencias señaladas en el antecedente decimotercero para la normativa urbanística (incluyendo las fichas de planeamiento y gestión de los sectores o ámbitos parcialmente aprobados), a efectos de poder dar cumplimiento al contenido previsto en el artículo 159.2 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia,

Segundo.- El 24 de enero de 2022, en cumplimiento de lo anterior, el Ayuntamiento, presenta la documentación aprobada por el Pleno el 26 de octubre de 2021, para subsanar la aprobación definitiva parcial del PGMO.

Tercero.- A la vista de la documentación remitida, con fecha 15 de febrero de 2022 el Servicio de Urbanismo emite informe, en el que pone de manifiesto la existencia de deficiencias a subsanar.

Cuarto.- Con fecha 6 de abril tiene entrada la nueva aprobación de subsanación de documentación del PGMO, aprobada por el Pleno el 29 de marzo de 2022.

Quinto.- Por el Servicio de Urbanismo se ha examinado la documentación y se han emitido informes de fecha 19/05/2022 y 23/05/2022, en los que se determinan las deficiencias subsanadas y las que subsisten tras la subsanación parcial realizada de las deficiencias señaladas en el antecedente decimotercero de la Orden de 25/08/2021; poniendo de manifiesto que las que afectan al resto de documentos del Plan General no se abordan y se mantienen.

Y, con base en la siguiente

Fundamentación

Primera.- De conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, corresponde al titular de esta Consejería la aprobación definitiva de los Planes Generales Municipales de Ordenación, así como la toma de conocimiento de la subsanación de deficiencias.

Segunda.- Los ámbitos que no fueron objeto de aprobación definitiva por la Orden de 25 de agosto de 2021, mantienen la suspensión establecida en la Orden de 26 de octubre de 2017, quedando pendientes de subsanación.

Tercera.- De los informes técnicos obrantes en el expediente, sobre la documentación aportada, se desprende lo siguiente:

1.- Se mantienen errores no sustanciales que no impiden la toma de conocimiento, sin perjuicio de que deban subsanarse en un documento posterior, que deben ser interpretados conforme a lo expuesto en el informe técnico de fecha 23/05/2022, según el cual:

“(…)

A.1. SUELO URBANO

Errores en planos

Calle del Carmen. Se ha de añadir el dato de la altura en la calle del Carmen frente al Molino de la Sagrera. Al norte de la calle figuraba 1 planta (OP-1.24, RE: 2021-06-01). No subsana y se introducen cambios injustificados. En el informe justificativo señala que se modifican...

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