Orden de la Consejería de Sanidad y Política Social de fecha 22 de mayo de 2012, por la que se desarrolla el Decreto 119/2002, de 4 de octubre, por el que se configuran las opciones correspondientes a las categorías del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, en cuanto al procedimiento para acceder a determinadas opciones.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del título de especialista en Enfermería, creó la especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Atendiendo a dicha disposición, el Decreto 119/2002, de 4 de octubre, por el que se configuran las opciones correspondientes a las categorías del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, incluyó entre las opciones correspondientes a la categoría de Diplomado Sanitario Especialista, la de Salud Mental, exigiendo para el acceso a la misma la especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Junto con ello, el anexo II del citado Decreto definió como funciones más relevantes de la citada opción, las siguientes: “La realización de cuantas actividades sean precisas para asegurar el correcto cuidado y recuperación de los enfermos mentales”.

El desarrollo de la especialidad de Salud Mental cobró un importante impulso con la aprobación del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, por el que se regulan las especialidades de enfermería, que introdujo respecto de dicha especialidad las siguientes novedades:

  1. Por un lado, y conforme a su artículo 3, fijó como medio usual de acceso a la misma el sistema de residencia, en los términos previstos en el artículo 20.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

  2. A su vez, y por medio de su disposición transitoria segunda, estableció un procedimiento específico, distinto al de residencia, destinado a que pudieran acceder a dicha especialidad los enfermeros que acreditasen haber ejercido las actividades propias de la especialidad durante un determinado período de tiempo y superasen una prueba objetiva.

Como consecuencia de ello, en los últimos años un considerable número de enfermeros que prestan servicios en este organismo como personal estatutario fijo en los centros y unidades psiquiátricas ha accedido a la especialidad de Salud Mental.

A su vez, y con fecha 19 de diciembre de 2011, tuvo lugar el nombramiento como personal estatutario fijo en la opción de Salud Mental del personal que ha superado las pruebas selectivas de acceso a la categoría de Diplomado Sanitario Especialista/opción Salud Mental que fueron convocadas por medio de las resoluciones de 22 de octubre de 2008, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud (BORM de 8-11-2008).

De esta forma, el...

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