Orden CNU/540/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Mayo de 2019
MarginalBOE-A-2019-7135
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia, Innovación y Universidades
Rango de LeyOrden

El Manual de Oslo de la OCDE señala que «una innovación es la introducción de un nuevo, o significativamente mejorado, producto (bien o servicio); de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método optimizado, en las prácticas internas de la empresa, la organización del lugar de trabajo o las relaciones exteriores». Junto a la investigación y el desarrollo, la innovación juega un papel clave en el desarrollo económico y social y se ha colocado en el centro de las políticas públicas, como puente entre el conocimiento a largo plazo y la actuación productiva en el mercado.

La innovación es una fuente principal de competitividad de nuestras empresas; a través de ella se hace posible alcanzar la excelencia empresarial y el liderazgo en los mercados. En Europa esta ventaja comparativa facilitada por la innovación junto al diseño como fuerza impulsora, permite lanzar una economía generadora de bienes y servicios de alto valor añadido y una gestión eficaz de sus cadenas de valor con un mayor acceso a los mercados en todo el mundo.

Por tanto, los esfuerzos para alcanzar los objetivos de la estrategia Europa 2020 para el crecimiento inteligente, sostenible e integrador como manera de superar las deficiencias estructurales de la economía europea, mejorar su competitividad y productividad y sustentar una economía social de mercado sostenible deben incluir iniciativas de los gobiernos para impulsar y apoyar el emprendimiento innovador, la innovación empresarial en procesos y productos y la cultura innovadora en la sociedad.

El diseño ha sido y es fuente de riqueza en España. Pero no solo cabe entender esta actividad a través de su vertiente cultural y artística sino también en cuanto constituye un elemento presente y necesario en una buena parte de la realidad cotidiana de los ciudadanos y de las empresas. En mayor o menor medida, el diseño está siempre presente en el proceso productivo, especialmente en la actividad innovadora empresarial: en la generación de nuevos conceptos, en el desarrollo de nuevos productos y servicios, en la redefinición tanto de los procesos productivos como de los procesos de comercialización. El diseño, centrado en el usuario, constituye una fuente de mejora general de la calidad de vida de los ciudadanos así como de la eficacia empresarial.

El 23 de septiembre de 2011, los Premios Nacionales de Innovación y los Premios Nacionales de Diseño que pasaron a denominarse Premios Nacionales de Innovación y de Diseño permitiendo reconocer la labor de personas y entidades por su excelente contribución al desarrollo del diseño y de su cultura y añadiendo la distinción a quienes han impulsado y concebido la actividad innovadora como vehículo fundamental para alcanzar altas cotas de competitividad en los mercados, tanto nacionales como internacionales. Esta orden de bases da continuidad al reconocimiento de innovación y diseño como elementos facilitadores de la competitividad de economía española. Asimismo, se incorporará la perspectiva de género en las actuaciones de promoción de candidaturas para las correspondientes convocatorias de los premios así como la aplicación de criterios de paridad en la composición de los jurados.

De acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta orden ha sido objeto del informe preceptivo de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, así como de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

En virtud de lo anterior, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases por las que se regulará la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño.

Artículo 2  Finalidad de los premios.

Con la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño (en adelante PNID) se pretende distinguir a aquellas personas y entidades (instituciones y organizaciones) que han hecho de la innovación un elemento indispensable en el desarrollo de su estrategia profesional y de su crecimiento empresarial. Asimismo, se trata de galardonar a los profesionales y empresas que han contribuido significativamente al incremento del prestigio del diseño español y a las entidades que, incorporándolo a su estrategia empresarial, han demostrado que el diseño es una potente palanca de la innovación y la competitividad.

Artículo 3  Régimen y Normativa aplicable.
  1.  La concesión de los premios se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

  2.  Las premios que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto en la misma y en la respectiva convocatoria y resolución de concesión, por cuantas normas vigentes resulten de aplicación, y, en particular, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

  3.  Las convocatorias podrán acogerse, mediante mención expresa, al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (en adelante Reglamento de minimis).

Artículo 4  Modalidades de los premios.
  1.  Dentro de los premios de innovación se contemplan las siguientes modalidades:

    a) Trayectoria Innovadora.

    b) Gran Empresa.

    c) Pequeña y Mediana Empresa.

  2.  Los premios de diseño incluirán las siguientes modalidades:

    a) Profesionales.

    b) Empresas.

    c) Jóvenes Diseñadores.

  3.  Cada convocatoria establecerá las modalidades, de entre las previstas en este artículo, a las que podrán presentarse las candidaturas.

Artículo 5  Características de los premios.
  1.  Los premios tendrán un carácter estrictamente honorífico, salvo el Premio Nacional Innovación modalidad Pequeña y Mediana Empresa, que dispondrá de una dotación económica de 30.000 euros; el Premio Nacional de Diseño en la modalidad Profesionales, que dispondrá de una dotación económica de 30.000 euros; y el Premio Nacional de Diseño en la modalidad de Jóvenes Diseñadores, que dispondrá de una dotación económica de 15.000 euros. Estas cuantías estarán siempre condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio que corresponda. Los premios en estas modalidades no podrán concederse ex aequo.

  2.  Además de proponer a los ganadores en cada modalidad, los jurados podrán destacar especialmente la calidad de algunas de...

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