Orden CNU/1364/2023, de 14 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.

MarginalBOE-A-2023-25993
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Ciencia, Innovación y Universidades
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, recoge en su anexo los títulos otorgados por los centros docentes de nivel superior o Facultades Protestantes de Teología dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) a los que se reconocen efectos civiles.

El establecimiento de una nueva titulación hace necesaria la modificación del anexo.

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) ha emitido un informe favorable respecto al título de Máster en Formación Teológica para la Enseñanza Religiosa Evangélica, expedido por el Centro Superior de Enseñanza Evangélica (CSEE), de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre.

La norma cumple con los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, al responder a la necesidad identificada por el Consejo General de Enseñanza Religiosa Evangélica (CGERE), órgano de la FEREDE, de incluir una nueva titulación; al de proporcionalidad, toda vez que contiene la regulación imprescindible para cumplir su objetivo y no conlleva medidas restrictivas de derechos, ni impone obligaciones a los destinatarios; al de eficiencia, al adaptar la regulación del régimen de equivalencias a la nueva realidad de titulaciones de carácter teológico protestante; al de seguridad jurídica, al ser coherente con el resto del ordenamiento jurídico; y, por último, al de transparencia, toda vez que en la tramitación de esta norma se han solicitado todos los informes preceptivos y aquellos que se ha estimado necesarios o convenientes, así como se ha sometido al trámite de audiencia pública, posibilitando que los potenciales destinatarios de esta orden tengan una participación activa en su elaboración.

En la elaboración de esta orden han sido consultados el...

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