ORDEN CLT/195/2018, de 16 de noviembre, de modificación de la Orden CLT/336/2014, de 4 de noviembre, del Consejo del Asociacionismo Cultural.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyOrden

El Consejo del Asociacionismo Cultural fue creado mediante la Orden CLT/336/2014, de 4 de noviembre, como órgano consultivo del departamento competente en materia de cultura en relación con la cultura popular, la dinamización sociocultural y el asociacionismo cultural.

Desde su creación, el Consejo se ha reunido con regularidad para llevar a cabo las funciones que tiene asignadas, y ha participado activamente en el diseño de las políticas públicas relacionadas con el asociacionismo cultural.

Después de aproximadamente tres años de funcionamiento, y como consecuencia de la diversidad y la vitalidad del asociacionismo cultural catalán, es necesaria una modificación del artículo 4.3 de dicha Orden con el fin de adecuar el conjunto de las vocalías a la realidad de este sector cultural. Esta modificación responde a la necesidad de poder dar cabida a más entidades dentro del Consejo con el objeto de aumentar su representatividad, ya sea porque se trata de entidades de nueva creación o porque pertenecen a ámbitos del asociacionismo cultural que no estaban previstos en la composición inicial del Consejo y que ahora se incluyen en él.

En este sentido, se incorporan cuatro nuevas vocalías, que ocuparán la Coordinadora de Balls de Diables Tradicionals de Catalunya, la Federació Catalana de Passions, l'Associació Agrupació de Penyes i Comissions Taurines de les Terres de l'Ebre y la Federació Catalana de Joc Tradicional. También se crean dos nuevos ámbitos, el de las fiestas tradicionales taurinas y el del juego tradicional, en los que se incluyen, respectivamente, la tercera y cuarta de las nuevas entidades.

Finalmente, siguiendo la línea de la normativa general en materia de órganos colegiados, se considera oportuno eliminar la posibilidad de que las personas que ocupan las vocalías puedan percibir indemnizaciones y derechos de asistencia, debido a la naturaleza de las funciones del órgano colegiado.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12.d y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y en el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo único

Modificación del artículo 4.3 de la Orden CLT/336/2014, de 4 de noviembre, del Consejo del Asociacionismo Cultural

Se modifica el artículo 4.3 de la Orden CLT/336/2014, de 4...

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