Orden CIN/894/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

MarginalBOE-A-2022-15161
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

El Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 (en adelante, PEICTI) aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros en sesión celebrada el 15 de junio de 2021 constituye el instrumento de programación que permite desarrollar, financiar y ejecutar las políticas públicas de la Administración General del Estado en materia de fomento y coordinación de la I+D+i.

El PEICTI es, además, el instrumento de la Administración General del Estado para el desarrollo y consecución de los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027, aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión de 8 de septiembre de 2020, que constituye el marco en el que se establecen los objetivos estratégicos ligados al fomento y desarrollo de las actividades de I+D+i en España durante el período 2021-2027 y es el resultado de la colaboración entre la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

El PEICTI se articula en cuatro programas estatales que se desarrollan a través de subprogramas con objetivos específicos y que incluyen las ayudas públicas estatales, anuales y plurianuales, dedicadas a actividades de I+D+i que se otorgan a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva u otros mecanismos de asignación directa, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Estos programas son: El Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno; el Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia; el Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento; y el Programa Estatal para Catalizar la Innovación y el Liderazgo Empresarial.

El Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento canaliza la inversión en recursos humanos en I+D+i, incluyendo el desarrollo de una carrera científica atractiva con instrumentos diferenciados: desde ayudas en sus fases iniciales hasta nuevas formas de contratación para dar estabilidad al talento emergente y nuevas medidas de apoyo a la captación y generación de talento investigador en empresas a través de la colaboración público-privada.

Las ayudas incluidas en el Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento están destinadas a la formación de nuevas generaciones de profesionales que les permita adquirir las competencias necesarias para la investigación y la innovación en entornos académicos y empresariales. Para dar cumplimiento al objetivo señalado, se plantea como prioridad la inversión en recursos humanos, tanto en el ámbito predoctoral como en el postdoctoral, el progreso profesional a través de la incorporación estable de personal investigador, tecnólogo y técnico al ámbito universitario, científico y empresarial, y la movilidad del personal investigador en el sector público y privado.

Este Programa está integrado por tres Subprogramas Estatales: Formación, Incorporación y Movilidad. Las ayudas para incentivar la consolidación investigadora se enmarcan en el Subprograma Estatal de Incorporación.

El Subprograma Estatal de Incorporación responde al objetivo específico 9 del PEICTI (OE9) y tiene como objetivo favorecer la incorporación de jóvenes investigadores y de personal de I+D+i, especialmente a organismos de investigación, incluidas las universidades, así como a empresas y otros agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación, contribuyendo a incrementar la empleabilidad del personal de I+D+i.

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró oficialmente que la situación de emergencia ocasionada por la enfermedad infecciosa COVID-19, causada por el coronavirus SARS-CoV-2, constituía una pandemia.

Como respuesta a la crisis provocada por la COVID-19, la Unión Europea ha lanzado un paquete de medidas extraordinarias encaminadas a consolidar y potenciar la ciencia y la innovación a través de una serie de actividades que están recogidas en el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR).

El Instrumento de Recuperación Europeo, denominado Next Generation EU, tiene como objetivo dinamizar la recuperación europea, reforzando el Marco Financiero Plurianual 2021-2027 y permitiendo aprovechar todo el potencial del presupuesto europeo para movilizar la inversión, sobre todo en los primeros años de la recuperación. Los fondos de Next Generation EU, que ascienden a 750.000 millones de euros, financiarán las actuaciones del MRR a través de los planes de recuperación que han presentado los Estados Miembros y que incluyen las inversiones que realizarán a lo largo de un periodo máximo de siete años y las reformas que acometerán en un periodo máximo de cuatro años.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que fue presentado por el Gobierno de España el 30 de abril de 2021 y aprobado por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021, traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID y para responder a los retos de la próxima década. Así mismo, plantea el reforzamiento de las capacidades en varios ámbitos clave para responder a necesidades del futuro y contará con 69.000 millones de euros del MRR.

El componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación», pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación, colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+i de forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente. En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la inversión en áreas prioritarias de I+D+i y el incremento del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMEs.

En el componente 17, en el que se incluyen tres reformas y nueve inversiones, las ayudas para incentivar la consolidación investigadora forman parte de la inversión I4, denominada «Nueva carrera científica», cuyo objetivo es promover la estabilidad de la carrera científica.

La inversión I4 anteriormente citada tiene dos objetivos vinculados (números 263 y 264 de la Decisión de Ejecución del Consejo –CID por sus siglas en inglés Council Implementing Decision–, de 13 de julio, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España). Las ayudas para incentivar la consolidación investigadora contribuirán a la consecución del objetivo 263 del CID, cuyo objetivo es la concesión de ayudas para la incorporación de, al menos, 2.070 investigadores a través del programa de incorporación Juan de la Cierva, el programa de formación Juan de la Cierva, el Programa de Doctores Industriales y el programa Torres Quevedo. Además, al menos 750 investigadores habrán recibido una dotación adicional para la investigación (start-up package). Este objetivo deberá conseguirse en el segundo trimestre de 2024. El mecanismo de verificación de este objetivo se establece en el documento de Disposiciones Operativas (Operational Arrangements) aprobado por la Comisión Europea.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia regulado en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, se ha configurado como un instrumento en el que la subvencionalidad de las medidas (reformas e inversiones) financiadas con cargo al mismo se determina según lo dispuesto en el artículo 17 de dicho Reglamento y en el que los pagos, conforme al artículo 24, se realizarán por la Comisión Europea tras el cumplimiento de los hitos y objetivos previamente fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en cumplimiento de lo acordado por la Comisión en el CID.

Esta medida no tiene asociada una etiqueta verde ni digital en los términos previstos por los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión (2021/C 58/01), en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID), todas las actuaciones que se deriven de la presente orden deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH, por sus siglas en inglés Do No Significant Harm). Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas previstas en el componente 17, Inversión I4 en la que se...

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