ORDEN AYG/632/2017, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

.

El Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, a fin de garantizar el desarrollo sostenible de las zonas rurales, se centra en un número limitado de prioridades básicas relativas a la transferencia de conocimientos y la innovación en la agricultura, así como en la viabilidad de las explotaciones y la competitividad, entre otras. Prioriza las ayudas a los agricultores jóvenes a fin de facilitar su instalación y el ajuste de las estructuras de producción de sus explotaciones, incrementando la ayuda para estos fines.

El Reglamento (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), introduce aspectos relativos al control de las explotaciones por parte de jóvenes agricultores, el contenido del plan de empresa y la subvencionabilidad de los gastos.

El Reglamento (UE) n.º 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), e introduce disposiciones transitorias, viene a regular aspectos relativos a la evaluación de los planes empresariales.

El Reglamento Delegado (UE) n.º 640/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad, introduce un régimen de penalizaciones para los supuestos de incumplimiento de las condiciones para recibir la ayuda, que se desarrolla en el Anexo III de esta orden.

La normativa de la Comunidad de Castilla y León en concordancia con la comunitaria, debe recoger estas actuaciones y aquellas otras que se consideran adecuadas para favorecer la solución de problemas estructurales de la agricultura de la Comunidad de Castilla y León.

En este sentido, se ha elaborado el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 y el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, en el que se incluyen la medida 6, referente al desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas, submedida 6.1 «ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores», y la medida 4, referente a las inversiones en activos físicos, submedida 4.1 «apoyo a las inversiones en las explotaciones agrarias».

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 6, que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas y que los procedimientos de concesión y de control de las subvenciones regulados en esta ley tendrán carácter supletorio respecto de las normas de aplicación directa a las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea.

La citada Ley General de Subvenciones exige que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, se aprueben las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión, siendo aplicables a las subvenciones convocadas por esta Consejería en materia de mejora de las estructuras de producción y modernización de las explotaciones agrarias. Por su parte la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, regula en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León el régimen aplicable a las subvenciones, partiendo de la normativa estatal básica.

El régimen jurídico específico aplicable a las subvenciones financiadas con cargo a los fondos de la Unión Europea, se regula, en particular, en el Decreto 87/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las normas sobre la gestión presupuestaria de los créditos gestionados por el Organismo Pagador de la Comunidad de Castilla y León correspondientes a gastos financiados por el FEAGA y FEADER, y se desconcentran competencias en esta materia. En el artículo 5 a) de este Decreto, en materia de concesión de subvenciones y contratación administrativa, se desconcentran en los Directores Generales de la Consejería de Agricultura y Ganadería las competencias que corresponden al titular de la Consejería de Agricultura y Ganadería para aquellos gastos considerados elegibles por el FEADER y que están asignados a cada centro directivo de esta Consejería.

La Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, establece un marco general que regula la actividad de los sectores agrario y agroalimentario en Castilla y León, de conformidad con el carácter estratégico de los mismos para el desarrollo de la Comunidad.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 14.3 que reglamentariamente, las administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. En este sentido, se considera preceptivo que todos los interesados en obtener las ayudas reguladas en esta orden presenten su solicitud electrónicamente, para dar cumplimiento de este modo al artículo 5.1b) y 11.1d) en relación a la elaboración de los planes de mejora y de empresa que, dada su complejidad y por la obligatoria utilización de índices y parámetros establecidos en la normativa, resulta imprescindible realizarlo con la aplicación electrónica «G.E.M.A.», presumiéndose en consecuencia que tienen la capacidad técnica para realizarlo.

La Autoridad de Gestión ha informado favorablemente la presente orden, en lo que respecta al cumplimiento de lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

En las presentes bases se recogen, en el Anexo I, las modificaciones establecidas en el documento de criterios de selección de operaciones correspondientes a las ayudas en forma de subvención directa para la Submedida 4.1 «Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrarias» y la Submedida 6.1 «Ayuda a la creación de empresas para los jóvenes agricultores» y se incluyen, el Anexo II «Afecciones sobre la red natura 2000» y el Anexo III «Penalizaciones en aplicación del artículo 63.1 reglamento de ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, y del artículo 35 del reglamento delegado (UE) n.º 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014».

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 26.1.f de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León,

DISPONGO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Objeto, Régimen jurídico y definiciones

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones, destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Castilla y León, cuya convocatoria y concesión es competencia de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2 Régimen jurídico.

Las subvenciones establecidas en la presente orden, se regirán por la normativa comunitaria, la nacional y la autonómica dictada en su desarrollo y por la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la normativa nacional y autonómica en materia de subvenciones.

Artículo 3 Definiciones.

A los efectos de la presente orden se entenderá por:

  1. Actividad agraria: El conjunto de trabajos que se requiere para la obtención de productos agrícolas, ganaderos y forestales. Asimismo, a efectos de esta orden y de las disposiciones correspondientes al encuadramiento en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, se considerará como actividad agraria la venta directa por parte de agricultoras o agricultores de la producción propia sin transformación o la primera transformación de los mismos, cuyo producto final esté incluido

    en el Anexo I del artículo 38 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, dentro de los elementos que integren la explotación, en mercados municipales o en lugares que no sean establecimientos comerciales permanentes, considerándose también actividad agraria toda aquella que implique la gestión o la dirección y gerencia de la explotación.

  2. Explotación agraria: El conjunto de bienes y derechos organizados empresarialmente por su titular en el ejercicio de la actividad agraria, primordialmente con fines de mercado, y que constituye en sí misma una unidad técnico-económica, caracterizada por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR