Orden APM/372/2017, de 27 de abril, por la que se amplía el plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2017, establecido en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2017
MarginalBOE-A-2017-4671
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, establece que a partir del año 2016 la solicitud única deberá presentarse en el período comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril de cada año.

Sin embargo, en esta campaña 2017 se da una circunstancia especial que aconseja la ampliación del periodo para la presentación de la solicitud única. Esta circunstancia está relacionada con lo dispuesto en el artículo 92 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, que en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad, respecto al impreso de solicitud de ayuda geoespacial, se recoge que en la campaña 2017 será obligatoria la delimitación gráfica y en formato digital de las parcelas agrícolas de la explotación (en adelante «declaración gráfica») para solicitantes que declaren más de 30 hectáreas.

Por lo tanto, en el año 2017, por incidencias ocurridas en la captura de las solicitudes en determinadas comunidades autónomas dada la trascendencia y complejidad del cambio que supone ampliar el ámbito de aplicación de la declaración gráfica, que en 2016 estuvo fijado en 200 hectáreas, y en consonancia con lo establecido en el artículo 13.1 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, se considera necesario ampliar el plazo de presentación de la solicitud única, dentro de lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea, para garantizar así una correcta presentación y gestión de las ayudas.

La disposición final segunda del Real...

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