Orden APA/785/2022, de 5 de agosto, por la que se delega la resolución de los expedientes de ayudas directas en el marco del artículo 32 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.

MarginalBOE-A-2022-13577
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El artículo 32 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, en su apartado 1, establece que corresponderá al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la concesión de ayudas directas a empresas armadoras de buques pesqueros en compensación por el incremento de costes productivos provocados por el aumento del precio de la electricidad y los combustibles, derivado de la situación creada por la invasión de Ucrania, con objeto de compensar los efectos en los precios y los mercados en dicho sector, fijándose también que dichas ayudas tendrán la naturaleza de subvenciones directas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De conformidad con la letra a) del apartado 7 del artículo 32 del citado Real Decreto-ley, en fecha 11 de abril de 2022 se publicó en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Resolución de la Secretaría General de Pesca, de 11 de abril de 2022, en la que consta la relación de armadores en los que concurren los requisitos para la concesión de la ayuda, junto con su NIF, el número de GT computados, la cuantía provisional de la ayuda a recibir y la cuenta corriente facilitada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, como órgano instructor en el procedimiento, tras efectuar las comprobaciones oportunas, ha constatado que algunos armadores recogidos en la citada resolución de la Secretaría General de Pesca no cumplían con los requisitos para ser beneficiarios, lo que motivó la publicación de una primera propuesta de resolución provisional sobre desestimación de ayudas de estado a armadores de buques pesqueros, de 11 de mayo de 2022, en la que se incluían los armadores de buques irregulares, de conformidad con el Real Decreto 1081/2012, de 13 de julio, por el que se establece el procedimiento de regularización de buques pesqueros y su actualización en el censo de la flota pesquera operativa y en el registro de buques y empresas navieras, así como los armadores de buques que habían causado baja en la lista tercera del Registro General de Flota Pesquera, a los que tampoco procede conceder la ayuda y, por último, un grupo de armadores inhabilitados por sentencia firme para...

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