ORDEN AGM/1312/2022, de 13 de septiembre, que modifica la relación de variedades de viñedo de vinificación autorizadas en Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/72, (CEE) número 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, establece en el artículo 81 que los estados miembros han de clasificar las variedades de uva de vinificación que se pueden plantar, replantar o injertar en sus territorios para la producción de vino.

En la normativa nacional, el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola, regula las variedades de uva de vinificación en su capítulo IV y recoge las variedades autorizadas en cada comunidad autónoma en el anexo XXI.

Las variedades autorizadas para Aragón se recogen en el anexo XIII del Decreto 144/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y que ha sido modificado en varias ocasiones. En particular, en la Orden AGM/539/2021, de 11 de mayo, que modifica la relación de variedades de uva de vinificación autorizadas en Aragón, se incorporaron las variedades Carignan blanc y Gonfaus al listado de variedades autorizadas en Aragón.

Con posterioridad, en la Orden APA/458/2022, de 19 de mayo, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales, quedó incluida en el Registro de Variedades Comerciales con inscripción definitiva la variedad:

20170124 Cariñena blanca, Carignan blanc.

Por tanto, se procede a incluir en dicho anexo XIII la denominación de Cariñena blanca, como sinonimia de Carignan blanc.

La presente modificación será comunicada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, de acuerdo al artículo 35.1 del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, la modificación sea incorporada al anexo XXI del citado Real Decreto.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por la que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, corresponde a este Departamento la competencia para el fomento de la comercialización de...

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