Orden AAA/2460/2015, de 19 de noviembre, por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción del consumo y la demanda de carne de porcino, apoyo a la internacionalización, optimización del conocimiento, transparencia informativa y potenciación de la calidad y la innovación tecnológica, durante las campañas 2015/2016, 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

MarginalBOE-A-2015-12592
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, constituida el 18 de septiembre de 2006, con estatutos depositados en el Registro del Ministerio del Interior, adquiriendo personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector porcino de capa blanca por Orden ARM/2472/2008, de 1 de agosto, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, ha propuesto la extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria, para realizar acciones de promoción del consumo y la demanda de carne de porcino, apoyo a la internacionalización, optimización del conocimiento y la transparencia informativa y potenciación de la calidad y la innovación tecnológica en el sector porcino de capa blanca durante las campañas 2015/2016, 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las letras b), c), d), f) y g) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y abarca cuatro campañas: 2015/2016, 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019, siendo las acciones a realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a ésta.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, aprobó, en Asamblea General de 30 de junio de 2015, el acuerdo objeto de la presente extensión, cumpliendo las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria de 3 de septiembre de 2015, se sometió al trámite de información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

La solicitud de extensión de norma ha sido informada favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, en su reunión plenaria de 15 de octubre de 2015, de acuerdo con el artículo 15.3.b) de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994 de 30 de diciembre y en el artículo 15 de su reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Se aprueba la extensión de norma, al conjunto del sector porcino de capa blanca, del acuerdo de la Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, para realizar acciones de promoción del consumo y la demanda de carne de porcino, apoyo a la internacionalización, optimización del conocimiento y la transparencia informativa y potenciación de la calidad y la innovación tecnológica en el sector porcino de capa blanca durante las campañas 2015/2016, 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019, con aportaciones económicas obligatorias de los productores y operadores que operen en España.

Artículo 2 Período de vigencia.
  1. Se aprueba la extensión de norma y la aportación económica obligatoria para cuatro campañas, con vigencia desde la entrada en vigor de la presente orden hasta el 17 de noviembre de 2019.

  2. Las campañas comprenderán desde el 18 de noviembre de cada año hasta el 17 de noviembre del año siguiente, excepto la primera campaña cuyo comienzo coincidirá con la entrada en vigor de la presente orden.

Artículo 3 Finalidades de la extensión de norma.

Mediante la extensión de norma se desarrollarán las siguientes finalidades:

  1. Comunicación e imagen en el mercado interior: promoción genérica de porcino de capa blanca; comunicación directa a consumidores; comunicación e imagen dirigidas a médicos, nutricionistas, especialistas en salud y alimentación y otros generadores de opinión.

  2. Apoyo a la internacionalización: comunicación y promoción comercial exterior de carácter genérico e interés colectivo sectorial; cooperación supranacional en promoción genérica sectorial; estudio y apertura de mercados y supresión de barreras a la exportación e implantación exterior del sector como colectivo.

  3. Estudios, mejoras e innovaciones en calidad, sanitarias, tecnológicas, normativas o afines: estudios, diagnósticos, dictámenes y proyectos sobre calidad, procesos, productos, sistemas, costes y rendimientos...

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