Orden AAA/1740/2016, de 26 de octubre, por la que se extiende el Acuerdo de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción de los productos ibéricos, apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica, obtención de datos del sector, así como para el mantenimiento, desarrollo y mejora del sistema informático del sector para mejorar la trazabilidad y la calidad de los productos ibéricos y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, durante cinco años.

MarginalBOE-A-2016-10158
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley, que cuente con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, constituida el 13 de noviembre de 1992, con estatutos depositados el 3 de junio de 1992 en el Registro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector del cerdo ibérico por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 22 de julio de 1999, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, ha propuesto una extensión de norma para realizar actividades de promoción de los productos ibéricos, apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica, obtención de datos del sector, así como para el mantenimiento, desarrollo y mejora del sistema informático del sector (web ÍTACA-TRIP) para mejorar la trazabilidad y la calidad de los productos ibéricos y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, durante cinco años.

El Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, refuerza el papel de la Mesa de Coordinación de la Norma de Calidad del Ibérico, como grupo de trabajo, en la que se coordinarán las Autoridades competentes para la mejora de la coordinación y armonización de las actuaciones previstas en la Norma de calidad y de otras normas que se puedan establecer para su desarrollo. Esta Mesa cuenta con la colaboración, entre otras entidades, de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, a la que se encomiendan, en el capítulo IV de dicho real decreto, determinadas funciones relativas a la identificación y trazabilidad de los productos objeto de la norma de calidad.

En el marco de la Mesa de Coordinación de la Norma de Calidad del Ibérico se han desarrollado diferentes protocolos de actuación que deben seguir los operadores (ganaderos, mataderos, salas de despiece e industrias), entidades y organizaciones relacionadas con el sector, cada uno en el ámbito de las actividades que le corresponden, de acuerdo con las atribuciones conferidas a dicho órgano en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero.

La extensión de norma aprobada por la Orden AAA/1549/2014, de 28 de agosto, creó el sistema web ÍTACA, un sistema de gestión para la identificación de animales mediante crotales, que deben utilizar todos los ganaderos que produzcan para la norma de calidad. La citada orden creaba también un sistema de almacenamiento y transmisión de los pesos de las canales, instalado en los mataderos, denominado TRIP (Terminal Remoto Interfase de Pesadas), para asegurar el cumplimiento de los pesos mínimos que establece el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero. Se considera necesario mantener, desarrollar y mejorar el sistema informático del sector (Web ÍTACA-TRIP) para mejorar la trazabilidad y la calidad de los productos ibéricos y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad del ibérico.

El acuerdo extendido por la presente orden tiene por objeto las reglas relacionadas en la letra b), c), d) y f) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre y abarca un período de cinco años, siendo las acciones a realizar de interés general para todo el sector, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a ésta.

La aportación económica obligatoria total por cada campaña será de 0,50 euros por cerdo/canal ibérico, dividida en dos tramos, el primero, de 0,30 euros, se aplicará a todos los cerdos sacrificados como ibéricos y el segundo, de 0,20 euros, solamente a las canales que cumplan los pesos mínimos establecidos en la norma de calidad. Dicha aportación económica se compone de dos cuotas iguales para cada rama profesional, denominadas «cuota de producción» y «cuota de elaboración».

La Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, aprobó, en su Asamblea general de 28 de enero de 2016, el acuerdo objeto de la presente extensión y cumple ampliamente las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud de la extensión de norma, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria de 31 de marzo de 2016, se sometió a la preceptiva información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

La solicitud de extensión ha sido informada favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, de acuerdo con el artículo 15 de la citada Ley 38/1994, de 30 de diciembre, en su reunión plenaria de 27 de septiembre de 2016.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994 de 30 de diciembre, y en el artículo 15 de su reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:

Artículo 1 Obj...

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