ORDEN de 9 de febrero de 2006, por la que se

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de febrero de 2006, por la que se

convoca el IX Concurso de Páginas Web de centros

docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Consejería de Educación viene apoyando desde hace

tiempo la integración de las tecnologías de la información y

la comunicación en los centros educativos y fruto de ello fue

la creación de Averroes, la Red Telemática Educativa de Andalucía, y la integración en ella de la totalidad de los centros docentes no universitarios de Andalucía.

Desde el inicio del proyecto Averroes, la Consejería de

Educación ha puesto especial interés en fomentar la elaboración de páginas web de los centros, ya que se trata de una herramienta poderosa para mejorar la información y la

comunicación entre el centro y toda la comunidad educativa;

y para ello ha proporcionado a los centros todos los recursos

y servicios necesarios.

Por otra parte, el Decreto 72/2003, de 18 de marzo,

de Medidas de Impulso de la Sociedad del Conocimiento en

Andalucía, recoge numerosas actuaciones dirigidas a promover

en los centros docentes la utilización de las tecnologías de

la información y la comunicación como recurso educativo y

como herramienta de comunicación con la comunidad educativa, haciendo especial énfasis en abrir nuevas vías de interacción entre sus diferentes miembros: profesorado, alumnado, padres y madres.

En esta línea de trabajo, la Consejería de Educación ha

convocado durante los últimos años el Concurso de Páginas

Web de Centros Docentes. El alto grado de participación, la

calidad y el interés educativo de los trabajos presentados, aconsejan realizar este año una nueva convocatoria.

Por todo lo anterior, esta Consejería

DISPONE

Artículo único Convocar el IX Concurso de Páginas Web

de centros docentes de acuerdo con las siguientes

BASES

  1. Participantes. Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios.

  2. Solicitudes y documentación. Los centros que deseen participar deberán presentar la

    siguiente documentación:

    - Solicitud de participación, según el modelo del Anexo I,

    sellada y firmada por la Dirección del centro, en la que se

    indiquen los datos del centro.

    - Copia del acta de la sesión del Consejo Escolar del

    centro en la que se aprueba la participación del centro en

    el concurso.

    - Declaración firmada por la Dirección del centro, según

    el Anexo II de esta convocatoria, en la que se exprese que

    el trabajo presentado es original y propio, que se poseen los

    derechos de uso y reproducción del código, textos, imágenes

    y recursos multimedia incluidos en el trabajo, y si el trabajo

    ha sido premiado anteriormente.

  3. Plazo y lugar de presentación. La solicitud de participación acompañada de la documentación anterior podrá presentarse durante un plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación

    de esta disposición en el BOJA; y deberá dirigirse a la Dirección

    General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado

    (Concurso de Páginas Web de centros), Edificio Torretriana,

    Isla de la Cartuja, 41071 Sevilla; usando cualquiera de los

    registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen

    Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

    Administrativo Común. En el caso de que la solicitud se pre

    sente a través de una Oficina de Correos, el envío deberá

    presentarse abierto en la misma, para que la solicitud sea

    sellada y fechada por el personal de Correos.

  4. Características de los trabajos. Los trabajos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Deberán ser originales. Aquellos centros que hayan

      obtenido algún premio o accésit en anteriores convocatorias

      de este concurso, podrán volver a presentarlas de nuevo a

      esta convocatoria sólo si el diseño gráfico, la estructura funcional, o los contenidos han sido renovados o ampliados de manera significativa.

    2. Los centros elegirán libremente la temática de sus páginas dentro del marco de sus finalidades educativas, su proyecto curricular de centro y las atribuciones, organización y funcionamiento que establece la normativa vigente para los centros docentes.

    3. Los centros que deseen participar en esta sección deberán colocar los trabajos que presenten en el espacio de alojamiento que la Consejería de Educación les tiene reservados en el servidor web de Averroes. Los centros públicos de nueva

      creación o los centros concertados que no se han integrado

      aún en Averroes y deseen tomar parte en este concurso deberán

      solicitar con la suficiente antelación su integración y el espacio

      de alojamiento, mediante escrito dirigido a la Dirección General

      de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, Consejería de Educación, Torretriana, Isla de la Cartuja, 41071 Sevilla. Una vez habilitado el espacio de alojamiento, los centros recibirán la notificación e instrucciones para la carga y visualización de las páginas en el servidor web de Averroes.

    4. El centro deberá hacer constar en la solicitud de participación del Anexo II la dirección web (URL) en la que se encuentran alojadas sus páginas.

    5. La página de inicio deberá contener el título del trabajo,

      el logotipo institucional «Junta de Andalucía», el rótulo «Consejería de Educación» y los enlaces institucionales siguientes: - Consejería de Educación: http://www.juntadeandalucia.es/educacion. - Averroes, Red Telemática Educativa de Andalucía: http://www.juntadeandalucia.es/averroes.

    6. Las páginas serán valoradas por el Jurado con una

      resolución de pantalla de 800 x 600 y 16 bits de color, usando

      el navegador Mozilla bajo el sistema operativo Guadalinex.

    7. Las páginas podrán organizarse en la estructura de

      directorios que el centro decida, pero la página de entrada

      deberá llamarse index.html y se encontrará en el primer nivel

      del espacio de alojamiento asignado.

    8. Las páginas podrán contener marcos (frames) así como

      applet de Java y código Javascript, siempre y cuando no impongan una dependencia de un navegador y/o versión en concreto.

    9. Si las páginas incluyen componentes multimedia que

      requieran la instalación de módulos adicionales (plug-ins) en

      el navegador, la página inicial deberá advertirlo y contener

      las instrucciones de instalación y configuración necesarias.

    10. El contenido de las páginas no podrá incluir publicidad

      de empresas, productos o servicios comerciales, ni referencias

      a que las páginas se ven mejor con tal o cual navegador

      (en caso necesario se indicará solamente la versión de HTML

      o las características que debe cumplir el navegador, pero no

      su nombre).

    11. El contenido de las páginas deberá respetar las libertades y derechos de todos los miembros de la comunidad educativa en lo que concierne al tratamiento de sus datos

      personales, según lo recogido en la Ley Orgánica 15/1999,

      de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

      Personal.

  5. Premios. 5.1. Se otorgarán los siguientes premios:

    - 1 primer premio de 4.000 euros. - 1 segundo premio de 2.500 euros. - 1 tercer premio de 1.500 euros. - 5 accésit de 1.000 euros.

    Los premios se entenderán otorgados al centro, y por lo

    tanto será el Consejo Escolar el que determine el destino de

    su importe.

    5.2. El Jurado podrá proponer que se declaren desiertos

    uno o más premios si estima que los trabajos presentados

    no poseen la calidad suficiente, teniendo la opción de proponer,

    si lo estima conveniente, que su cuantía se acumule a la

    de otros premios o accésit.

  6. Jurado. Para la valoración de los trabajos se constituirá un Jurado

    que será presidido por la persona titular de la Dirección General

    de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue. Según lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban

    medidas fiscales y administrativas, deberá contemplarse una

    composición con participación paritaria de mujeres y hombres.

    A tal efecto, ambos sexos estarán representados en, al menos,

    un 40% de los miembros designados. Atendiendo a este criterio, el Jurado estará formado por los siguientes miembros: - Un jefe o jefa de servicio de la D.G. de Innovación

    Educativa y Formación del Profesorado.

    - Un jefe o jefa de servicio de Informática de la Secretaría

    General Técnica.

    - Un asesor o una asesora de formación de la red de

    Centros del Profesorado de Andalucía.

    - Dos profesores o profesoras de diferentes etapas educativas no universitarias, que se encuentren en activo y cuyos centros no participen en la convocatoria.

    - Dos funcionarios o funcionarias de la D.G. de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, uno/a de los cuales actuará como secretario/a.

    Este Jurado podrá requerir el informe de personas expertas

    en el proceso de selección de los trabajos presentados.

  7. Criterios de valoración. Para la valoración de los trabajos presentados se tendrán

    en cuenta los siguientes criterios de valoración:

    - La implicación en su elaboración de diferentes miembros de la comunidad educativa (profesorado, alumnado...).

    - El interés de las páginas de cara al establecimiento

    de nuevas vías de información y comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

    - La contribución que supongan para la integración curricular de las tecnologías de la información y la comunicación dentro de las distintas áreas de conocimiento.

    - El carácter interactivo, la facilidad de navegación por

    las páginas, el uso adecuado de recursos multimedia y una

    interfaz amigable y estimulante.

    - La rapidez de...

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