ORDEN 89/2016, de 22 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para adquisición de infraestructuras y equipamiento de I+D+i PO FEDER 2014-2020 Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Artículo único Objeto
Disposición adicional primera Dudas de interpretación Disposición adicional segunda. Habilitación
Disposición adicional tercera Incidencia presupuestaria Disposición final primera. Carácter supletorio de la normativa nacional y autonómica en ayudas finalistas
Disposición final segunda Entrada en vigor
Anexo único

Base primera. Objeto y ámbito de aplicación

Base segunda. Finalidad de las ayudas

Base tercera. Beneficiarios

Base cuarta. Procedimiento de concesión

Base quinta. Importe de la subvención y criterios para su otorgamiento

Base sexta. Actividad financiable

Base séptima. Órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento

Base octava. Disponibilidad de crédito

Base novena. Comisión de evaluación. Criterios de valoración Base décima. Instrucción de procedimiento

Base undécima. Resolución provisional

Base duodécima. Trámite de audiencia y reformulación de la solicitud

Base decimotercera. Resolución de concesión y notificación

Base decimocuarta. Justificación económica

Base decimoquinto. Requisitos que deben cumplir los beneficiarios de subvenciones

Base decimosexto. Disponibilidad de la documentación

Base decimoséptimo. Durabilidad de las inversiones en infraestructuras o inversiones productivas

Base decimoctava. Ejecución de la actividad

Base decimonovena. Circunstancias que podrán dar lugar a la modificación de la resolución si hay variación de las condiciones

Base vigésima. Pago de las ayudas concedidas

Base vigésimo primera. Exoneración de garantías a beneficiarios públicos

Base vigésimo segunda. Reintegro de ayudas

Base vigésimo tercera. Compatibilidad de las ayudas

Base vigésimo cuarta. Medidas de información y publicidad

Base vigésimo quinta. Medio ambiente, igualdad y no discriminación

Base vigésimo sexta. Comunicaciones electrónicas

Base vigésimo séptima. Operaciones generadoras de ingresos Base vigésimo octava. Actuaciones de comprobación y control Base vigésimo novena. Plan de control

Base trigésima. Normativa de aplicación

PREÁMBULO

Horizonte 2020 es el nuevo Programa Marco Europeo para el período 2014-2020 de apoyo a la investigación y el desarrollo tecnológico, en el que la ciencia excelente sigue siendo uno de los ejes prioritarios, al tiempo que orienta la investigación hacia los retos que nuestra sociedad demanda. La Estrategia Europa 2020 para el crecimiento y el empleo de la Comisión Europea propone como una de sus prioridades la generación de las condiciones necesarias para posibilitar el crecimiento inteligente, esto es, el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro.

La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 es el marco que permite integrar las diferentes Estrategias de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación (RIS

3) de las comunidades autónomas, dentro de las prioridades señaladas por Horizonte 2020.

En este marco se ha planteado la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación en la Comunitat Valenciana, (RIS3- CV), para abordar, desde la perspectiva del conocimiento y la investigación, los objetivos que facilitarán el despliegue de una gama dinámica de actividades, programas y políticas de fomento de la investigación y la innovación para el desarrollo económico, identificando las ventajas competitivas de la Comunitat Valenciana y promoviendo un crecimiento inteligente que garantice nuestro crecimiento futuro mediante la transferencia de ese conocimiento generado al tejido productivo.

El Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comunitat Valenciana 2014-2020 (P.O. FEDER C.V.) es el documento que determina la estrategia y objetivos de las actuaciones cofinanciables por FEDER para este período con un enfoque integral de calidad que asegura la aportación de los Fondos al desarrollo efectivo de la región, al tiempo que contribuye a los objetivos marcados por la Estrategia Europea 2020. En este período se ha incidido en la concentración de recursos en las prioridades y necesidades de la región de acuerdo con las prioridades de actuación fijadas por la política europea. Así, se ha planteado una estrategia que integra cinco ejes prioritarios.

En cuanto a los recursos del Eje Prioritario 1 «Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación», estos se orientan a dar respuesta a la necesidad y el reto de reforzar el sistema regional de investigación e innovación y transferir el conocimiento al tejido productivo. El objetivo es crear un entorno favorable a la innovación capaz de atraer nuevas inversiones y actividad de vanguardia en materia de I+D+i, en línea con la Estrategia RIS-3 de la Comunitat Valenciana, así como fomentar la circulación de conocimiento entre empresas, universidades y organismos de investigación.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio y reformado por Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, establece las competencias de la Generalitat en materia de investigación y desarrollo. Así, en su artículo 49.1.7 señala la competencia exclusiva de la Generalitat sobre la Investigación y el fomento y desarrollo, en el marco de su política científico-tecnológica, de la I+D+i, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.15 de la Constitución Española. El artículo 52.2 prevé que la Generalitat fomentará su propio sistema de ciencia y tecnología, promoviendo su articulación y la cooperación entre sus agentes con el fin de fomentar el desarrollo tecnológico y la innovación para apoyar el progreso y la competitividad empresarial de la Comunitat Valenciana. En este marco se promulgó la Ley 2/2009, de 14 abril, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Valenciano de Investigación y Desarrollo Tecnológico, para la promoción, regulación y difusión de la investigación científica y desarrollo tecnológico de la Comunitat Valenciana.

Considerando que las universidades públicas valencianas y consorcios públicos de investigación son los actores principales del progreso de la ciencia y la investigación en nuestro territorio y que el desarrollo de los proyectos de I+D generan riqueza, contribuyen a la creación de empresas innovadoras y de empleo de alta cualificación y aumentan la competitividad empresarial, es por lo que se hace necesario desde los poderes públicos fomentar la actividad investigadora mediante la concesión de ayudas para la actualización de sus dotaciones de equipamiento e infraestructuras de I+D+i que permita la realización de investigación de excelencia en todas las áreas de conocimiento.

De acuerdo con su Reglamento orgánico y funcional, aprobado por Decreto 155/2015, de 18 de septiembre, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte es el departamento del Consell al que corresponde ejercer las competencias en materia de educación, investigación, formación profesional reglada, universidades y ciencia. Por su parte, la Dirección General de Universidad, Investigación y Ciencia ejerce las funciones previstas en el artículo 70 de la Ley del Consell en relación con la política científica e investigación. Y en particular, coordinar, evaluar y realizar el seguimiento de la política científica.

La Dirección General de Universidad, Investigación y Ciencia gestiona la línea de subvención T0104000 «Financiación de Infraes-

tructuras y Equipamiento» con el objetivo de financiar inversiones en infraestructuras y equipamiento de I+D de las universidades públicas valencianas para el fomento de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación con cargo al programa presupuestario 542.50 (Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (I+D+I), el cual cuenta con aportación externa procedente del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de la Comunitat Valenciana.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat, dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, la presente orden de convocatoria de ayudas no precisa de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que los beneficiarios previstos son organismos de investigación en el sentido del apartado 15 ee) del Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01). Y dado que sus actividades no pretenden la consecución de un beneficio económico, ni la oferta de bienes y/o servicios en un determinado mercado por tratarse de actividades primarias de carácter no económico de organismos de investigación, la concesión de estas ayudas no suponen una ventaja económica para una empresa ni produce falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales de los estados miembros de la Unión Europea.

El artículo 164.a) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones dispone que aquellas consellerias que tengan previsto otorgar subvenciones deberán elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el que se integrarán las subvenciones que pretendan aprobar. En este sentido, se señala que las ayudas previstas en esta orden están contempladas en el...

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