Orden 87/2023, de 20 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se modifican las áreas geográficas y ámbitos territoriales de precio máximo superior de referencia a efectos de determinar los precios y rentas máximas de las viviendas con protección pública.

Fecha de publicación28 Abril 2023
Fecha20 Abril 2023
Número de registro2023/3766
Número de Gaceta82/2023
EmisorConsejería de Fomento
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Fomento
Orden 87/2023, de 20 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se modican las áreas geográcas y
ámbitos territoriales de precio máximo superior de referencia a efectos de determinar los precios y rentas
máximas de las viviendas con protección pública. [2023/3766]
Las normas sustantivas en materia de vivienda protegida en Castilla-La Mancha están actualmente residenciadas
en el Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación
de Castilla-La Mancha 2009-2012, aprobado inicialmente como consecuencia de la publicación del ya extinto
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, a su vez aprobado mediante el Real Decreto 2066/2008,
de 12 de diciembre, pero que ha seguido vigente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria única del
Decreto 71/2014, de 24 de julio, por el que se regula el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación
Edicatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha, según la cual “las
solicitudes de actuaciones, relativas a la promoción de viviendas protegidas de nueva construcción o procedentes
de la rehabilitación, destinadas a la venta, alquiler o alquiler con opción de compra; a la adjudicación y adquisición
de viviendas protegidas de nueva construcción o de vivienda usada para su utilización como vivienda habitual; o
para cualquier otro tipo de actuación de análoga naturaleza en materia de vivienda, salvo las referentes a cualquier
tipo de ayuda o nanciación, se regirán por lo establecido en el Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, por el que
se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012, y por el Decreto
3/2004, de 20 de enero, de Régimen Jurídico de viviendas con protección pública, todo ello hasta la entrada en vigor
del nuevo régimen jurídico de viviendas protegidas”, constituyendo el marco jurídico general en materia de vivienda
protegida en la Comunidad Autónoma.
El capítulo III del Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, regula los precios y rentas máximas de las viviendas con
protección pública, habilitando el apartado 2 del artículo 19 a la consejería competente en materia de vivienda,
mediante orden, para modicar la adscripción de un municipio a un área geográca, atendiendo a los costes,
al módulo básico estatal y a otras circunstancias sociales, económicas y urbanísticas que así lo aconsejen, de
conformidad con lo establecido en el art. 17.2 del Decreto 3/2004, de 20 de enero, de Régimen Jurídico de las
Viviendas con Protección Pública.
La necesidad de actualizar los precios máximos de venta y renta establecidos en el Decreto 173/2009, de 10
de noviembre, viene dada por el paso del tiempo, pues tras trece años, los precios máximos que se jaron han
quedado en muchos casos desfasados por la inación de costes provocada por la ruptura de las cadenas mundiales
de producción y comercialización de materias primas como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, los
aumentos de precio del petróleo y del gas que han provocado un aumento sensible de los costes del sector de la
construcción y por los costes derivados de la necesidad de adaptación a los nuevos requerimientos normativos
ligados a la mejora de la eciencia energética de la construcción residencial.
La orden pretende promover el acceso a la vivienda de los sectores de población de menor renta, favoreciendo
la promoción privada de vivienda protegida, teniendo siempre en cuenta la naturaleza y función de este tipo de
vivienda y el esfuerzo económico que pueden realizar la ciudadanía para adquirirla, de manera prudente y adaptada
a la realidad de cada territorio, sin producir una alteración general del sistema de jación de precios máximos en
todo el territorio regional, todo ello mediante la revisión del encuadramiento de ciertos municipios ubicados en zonas
de precios tensionados, al objeto de adecuar los precios máximos de venta y renta a la realidad de los costes de
construcción, a los datos relativos al valor tasado de la vivienda y al incremento de los precios del alquiler de esas
zonas territoriales.
En su virtud, en ejercicio de las competencias asignadas por el Decreto 85/2019, de 16 de julio, por el que se
establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento,
Dispongo:
Artículo único. Modicación de las áreas geográcas y los ámbitos territoriales de precio máximo superior.
Se modican la composición de municipios de las áreas geográcas y ámbitos territoriales de precio máximo
establecida en el anexo II del Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el V Plan Regional de
Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012, en los siguientes términos:
AÑO XLII Núm. 82 28 de abril de 2023 14659

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