ORDEN de 5 de octubre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se modifican determinadas especificaciones contenidas en la Orden de 16 de junio de 2021, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 27 alojamientos dotacionales en el municipio de Abanto y Ciérvana, en el área de El Cerro.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de PlanificaciÓN Territorial, Vivienda y Transportes
Rango de LeyOrden

Primero.– Mediante Orden de 16 de junio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, se inicia el procedimiento de adjudicación de 27 alojamientos dotacionales en el municipio de Abanto y Ciérvana, en el área de El Cerro.

Segundo.– Una vez terminada la fase de inscripción de solicitantes se ha comprobado que las solicitudes para participar en el cupo general han sido menos que las viviendas destinadas a este cupo. Este supuesto no figuraba en la orden que daba inicio al procedimiento de adjudicación (Orden de 16 de junio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes), por lo que se ve necesario recoger el mismo en la orden de inicio mencionada y clarificar así la distribución de las viviendas en los casos de demanda insuficiente en alguno de los cupos.

Primero.– El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes es competente para dictar la presente Orden, en virtud de lo establecido en la disposición adicional tercera del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre Régimen Jurídico de Viviendas de Protección Pública y Medidas Financieras en Materia de Vivienda y Suelo, así como del artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los Procedimientos para la Adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico.

A la vista de los preceptos legales señalados y demás de general y concordante aplicación.

Primero.– Modificar el Resuelvo Sexto b) de la Orden del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes de 16 de junio de 2021 que queda redactado como sigue:

Sexto.– b) 26 alojamientos dotacionales para el resto de solicitantes, los cuales se distribuirán en los siguientes cupos:

1.– 2 alojamientos dotacionales para solicitantes que tengan reconocido el derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda digna y adecuada a la fecha de publicación de la presente Orden.

2.– 5...

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