Orden de 30 de abril de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
Rango de LeyOrden

La Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 28, establece que podrán concederse subvenciones a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, que ejerzan su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objetivo sea la representación y defensa de los intereses amparados por la ley, que desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales o colectivas de las víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.

De conformidad con este precepto de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, se aprobó la Orden de 29 de julio de 2013, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2013, con el objeto de respaldar la labor que realizan las entidades de apoyo a las víctimas del terrorismo, mediante la financiación de programas para contribuir al tejido asociativo, mediante la financiación de programas de dignificación y educación contra el terrorismo, o bien mediante la financiación de sus actividades en el ámbito de la asistencia legal, material, social, psicológica y de formación y orientación profesional, siendo la incorporación transversal de la igualdad de género, un principio inspirador en dichos programas y actividades.

Gracias a esta actividad de fomento, estas entidades han venido realizando un importante trabajo de apoyo a las víctimas de terrorismo, desarrollando también acciones de difusión y educación en valores de democracia y contra la violencia, fundamentales en la sociedad en la que vivimos.

Sin embargo, con el transcurso de los años y debido a las modificaciones normativas, se hace necesario derogar la Orden de 29 de julio de 2013, de la Consejería de Justicia e Interior, aprobando unas nuevas bases reguladoras que se adecúen a lo preceptuado tanto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Estos cambios normativos unidos a los producidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, aconsejan la aprobación y publicación de unas nuevas bases reguladoras.

Comprobada la necesidad y conveniencia de la existencia de las ayudas a entidades cuyo objeto sea la representación y defensa de las víctimas de terrorismo y ante el nuevo panorama normativo, es...

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