Orden de 3 de enero de 2022 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Educación y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
I
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 3 de enero de 2022 por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022050002)
Ámbito de aplicación y disposiciones generales.
Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Procedimiento de admisión del alumnado.
Listas definitivas de admitidos y no admitidos.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, regula en el título II, capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados, estableciendo en el artículo 84.1 que las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y privados concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor. En dicha regulación deben disponerse las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza y atendiendo, en todo caso, a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen de organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se ha aprobado el Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo el marco para la reglamentación de los procedimientos de escolarización, en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Mediante el mismo se unifican disposiciones previas dispersas, se establecen los principios generales de dicho procedimiento, las normas comunes del mismo, se incorporan nuevos criterios de admisión y una distribución equilibrada del alumnado con necesidades educativas específicas de apoyo educativo entre los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
En desarrollo de los preceptos citados y en base a la disposición...
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