ORDEN 3/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo [2017/4825]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Título preliminar Disposiciones generales Artículos 1 a 49
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Principios, objetivos y prioridades
Artículo 3 Régimen jurídico
Artículo 4 Participación financiera
Artículo 5 Compatibilidad
Título I Ámbito subjetivo Artículos 6 a 11
Artículo 6 Órganos competentes
Artículo 7 Entidades beneficiarias
Artículo 8 Sucesión de entidades
Artículo 9 Requisitos de las entidades beneficiarias
Artículo 10 Obligaciones de las entidades beneficiarias
Artículo 11 Socio local
Título II Actuaciones y gastos subvencionables Artículos 12 a 29
Capítulo I Actuaciones subvencionables Artículos 12 a 19
Artículo 12 Tipos de actuaciones y cuantía máxima de las subvenciones
Artículo 13 Requisitos de las actuaciones
Artículo 14 Criterios objetivos para la valoración de las actuaciones subvencionables
Artículo 15 Criterios de valoración de las actuaciones de cooperación para el desarrollo
Artículo 16 Criterios de valoración de las actuaciones de acción humanitaria
Artículo 17 Criterios de valoración de las actuaciones de educación para la ciudadanía global
Artículo 18 Criterios de valoración de las actuaciones de cooperación técnica
Artículo 19 Criterios de valoración de las actuaciones de comercio justo
Capítulo II Gastos subvencionables Artículos 20 a 29
Artículo 20 Gastos subvencionables
Artículo 21 Naturaleza y tipología de los gastos subvencionables
Artículo 22 Gastos subvencionables de actuaciones a ejecutar en terceros países
Artículo 23 Gastos subvencionables de actuaciones ejecutadas en la Comunitat Valenciana
Artículo 24 Anticipo de fondos para impuestos susceptibles de recuperación
Artículo 25 Aportaciones en especie
Artículo 26 Criterios de valoración económica
Artículo 27 Afectación de bienes
Artículo 28 Cambios de moneda
Artículo 29 Subcontratación
Título III Procedimiento de concesión y pago Artículos 30 a 47
Artículo 30 Procedimiento de concesión
Capítulo I Iniciación del procedimiento Artículos 31 a 36
Artículo 31 Convocatoria
Artículo 32 Solicitudes
Artículo 33 Reglas generales sobre la documentación a presentar
Artículo 34 Documentación preceptiva
Artículo 35 Documentación valorativa
Artículo 36 Subsanación
Capítulo II Instrucción del procedimiento Artículos 37 y 38
Artículo 37 Instrucción
Artículo 38 Propuesta de resolución
Capítulo III Resolución del procedimiento Artículos 39 a 44
Artículo 39 Resolución
Artículo 40 Aceptación y renuncia
Artículo 41 Reformulación
Artículo 42 Recursos
Artículo 43 Publicación
Artículo 44 Modificación de la resolución de concesión
Capítulo IV Procedimiento de pago de las subvenciones Artículos 45 a 47
Artículo 45 Pago y régimen de garantías
Artículo 46 Aplicación de los rendimientos financieros
Artículo 47 Remanentes no invertidos
Título IV Ejecución Artículos 48 a 49
Artículo 48 Plazo de ejecución
Artículo 49 Ampliación del plazo de ejecución de la actividad Artículo 50

Modificación de la actuación objeto de la subvención Artículo 51. Suspensión de la actividad subvencionada.

Artículo 52 Línea de Base
Artículo 53 Informes de seguimiento
Artículo 54 Seguimiento de la ejecución
Artículo 55 Difusión de la actuación subvencionada
Título V Justificación
Artículo 56 Plazo de justificación
Artículo 57 Modalidades de justificación
Artículo 58 Otras modalidades de justificación
Artículo 59 Justificación en situaciones excepcionales
Artículo 60 Requisitos de la documentación justificativa del gasto
Artículo 61 Documentación justificativa
Artículo 62 Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos
Artículo 63 Cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría
Artículo 64 Evaluación
Título VI Control, reintegro y régimen sancionador
Capítulo I Plan de Control
Artículo 65 Plan de control
Artículo 66 Deber de colaboración
Artículo 67 Control financiero de las subvenciones
Artículo 68 Obligaciones de transparencia
Capítulo II Reintegro
Artículo 69 Reintegro de la subvención
Artículo 70

Normativa aplicable en materia de reintegros.

Artículo 71 Graduación de los incumplimientos
Capítulo III Régimen sancionador
Artículo 72 Régimen sancionador
Artículo 73 Órganos competentes
Artículo 74 Sanciones
Disposición adicional primera Incidencia presupuestaria Disposición adicional segunda. Aplicabilidad de esta orden a las subvenciones de concesión directa
Disposición adicional tercera No sujeción al artículo 107 del TFUE Disposición transitoria única. Justificación de actuaciones subvencionables con plazo de ejecución posterior a la entrada en vigor
Disposiciones Finales
Disposición final primera Habilitación
Disposición final segunda Entrada en vigor
PREÁMBULO

El artículo 62.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana aprobado por Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, establece que los poderes públicos valencianos velarán para fomentar la paz, la solidaridad, la tolerancia, el respeto a los derechos humanos y la cooperación al desarrollo con el fin último de erradicar la pobreza.

En ejecución de dicha previsión normativa de tales competencias se aprobó la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.

Según el artículo 22.3 de la citada ley, reglamentariamente se regularán las bases para la financiación de acciones en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, y se especificará, entre otros aspectos, el régimen de participación financiera de la Generalitat, los procedimientos a seguir y el régimen específico de transferencias de fondos y justificación de los gastos de las acciones subvencionadas, que incluirá auditorías u otras técnicas de control de los proyectos, en atención a la naturaleza de la ayuda o de las características especiales concurrentes en las entidades sometidas a control.

Por ello, y con la finalidad de adecuar el régimen jurídico de las ayudas y las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de cooperación a los principios y criterios de la mencionada ley, y respetar, además, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la correspondiente normativa de desarrollo, en aquellos preceptos que tienen el calificativo de básicos, se aprobó el Decreto 135/2010, de 10 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo.

Por su parte, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la Disposición Transitoria Octava, establece que un año después de su entrada en vigor deberá procederse a la adecuación de la normativa reguladora de las subvenciones al régimen establecido en la misma, señalando que si no se realizase la mencionada armonización en el plazo mencionado, esta Ley será de aplicación directa.

El texto legal citado, en su artículo 165 establece que las bases reguladoras de la concesión de subvenciones serán aprobadas mediante orden de la persona titular de la conselleria competente por razón de la materia, de acuerdo con el procedimiento previsto para la elaboración de disposiciones de carácter general, debiendo publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Con la aprobación de esta orden se pretende adecuar la normativa reguladora de las subvenciones a las exigencias de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, estableciendo las bases reguladoras para la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de cooperación al desarrollo.

Las subvenciones reguladas en esta orden, de conformidad con el artículo 3.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar subvenciones públicas, están...

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