Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se actualiza el Anexo I “Listado de Cultivos y Organismos Nocivos” del Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.
Fecha de publicación | 03 Octubre 2023 |
Número de Gaceta | 5654 |
Emisor | Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca |
Sección | Comunidad Autónoma |
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
5654 | Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se actualiza el Anexo I “Listado de Cultivos y Organismos Nocivos” del Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias. |
La regulación de los condicionantes que deben concurrir para la autorización individualizada de la utilización del método de la quema controlada “in situ” de restos vegetales agrícolas o silvícolas procedentes de la poda u otras operaciones de cultivo generados en una explotación agraria, como método de eliminación excepcional por razones fitosanitarias, para evitar la propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o conseguir la erradicación de los organismos nocivos se establecieron para la Región de Murcia mediante el Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.
Estableciéndose en el Anexo I de ese Decreto-Ley la relación de especies vegetales y organismos nocivos amparados dentro del objeto y finalidad de la aplicación de ese Decreto Ley, de conformidad con el artículo 27.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para la economía circular, siempre y cuando se establezcan las medidas de prevención por la autoridad competente en materia de calidad ambiental y salud pública, salvo que esta medida excepcional sea declarada de utilidad pública por razones fitosanitarias al tratarse de un organismo nocivo de cuarentena y la medida fitosanitaria de quema sea de obligado cumplimiento.
Las actuales condiciones cultivo afectados por el cambio climático y su afección a la incidencia fitosanitaria de los cultivos, hace necesaria una actualización de los cultivos y organismos nocivos regulados en el Anexo I del Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril.
Visto el informe...
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