Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA para la TransiciÓN EcolÓGica y Sostenibilidad
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura. (2021050067)

Las especies exóticas invasoras constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo, circunstancia que se agrava en hábitats y ecosistemas especialmente vulnerables, como son las islas y las aguas continentales. La introducción de estas especies invasoras también puede ocasionar graves perjuicios a la economía, especialmente a la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso a la salud pública.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, señala dentro del artículo 61.5, la necesidad de la redacción de Estrategias para abordar el problema de la colonización de especies exóticas invasoras.

La Acacia dealbata (Mimosa) es una de las 100 especies vegetales exóticas con mayor capacidad invasora desplazando a todas las especies vegetales presentes por procesos alelopáticos. El Ailanthus altissima (Ailanto) es una especie vegetal exótica que ejerce un gran impacto sobre las comunidades vegetales donde se asienta gracias a su alta capacidad reproductiva y dispersiva. En España se han convertido en unas de las especies invasoras que está generando mayores problemas de gestión por su alta distribución, formando bosquetes donde se ha establecido.

El Real Decreto 630/2013, que define El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en el cual se incluyen Acacia dealbata y Ailanthus altissima. En su artículo 10 se expone que las administraciones competentes adoptarán, en su caso, las medidas de gestión, control y posible erradicación de aquellas especies incluidas en el catálogo.

El Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, en su artículo 15 punto 1 establece que el Ministerio para la Transición Ecológica y las comunidades autónomas elaborarán estrategias de gestión, control y posible erradicación de especies exóticas invasoras incluidas en el catálogo, de conformidad con lo establecido en el artículo 61.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Igualmente establece en su punto 3 que en la elaboración de las estrategias se dará prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados.

DISPONGO:

Artículo único Aprobación del Protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura.

Se aprueba el Protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura, que se recoge en el anexo de la presente orden.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 29 de abril de 2021.

La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,

OLGA GARCÍA GARCÍA

ANEXO I

PROTOCOLO PARA EL CONTROL Y/O ERRADICACIÓN DE MIMOSA (Acacia dealbata) Y AILANTO (Ailanthus altissima) EN EXTREMADURA.

  1. INTRODUCCIÓN.

  2. DESCRIPCIÓN DE LA ESPECIE

  3. IMPACTO EN EL MEDIO NATURAL Y ANÁLISIS DE RIESGOS

  4. ESTATUS DE LAS ESPECIES.

  5. CONTROL DE LAS ESPECIES.

    5.1. En España.

    5.2. En otros países.

  6. OBJETIVOS DEL PROTOCOLO.

  7. DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN.

  8. PLAN DE ACTUACIÓN.

    8.1. Red de vigilancia.

    8.2. Control de la población.

    8.3. Eliminación de ejemplares.

    8.4. Retirada y eliminación de restos.

    8.5. Esfuerzo necesario para el control/erradicación.

    8.6. Seguimiento de las actuaciones de control realizadas.

    8.7. Programa de sensibilización y educación ambiental.

  9. DISTRIBUCIÓN Y ZONAS DE ACTUACIÓN

    9.1. Distribución de la especie en Extremadura y zonas de actuación.

    9.2. Selección y priorización de zonas concretas para la erradicación.

    9.3. Metodología de trabajo.

    9.4. Seguimiento para actualizar el área de distribución.

  10. COLABORACIÓN CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ORGANISMOS DE CUENCA.

  11. ÁMBITO DE APLICACIÓN, VIGENCIA Y REVISIÓN

  12. ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS COSTES

  13. REFERENCIAS.

  14. ANEXOS.

  15. INTRODUCCIÓN.

    Después del deterioro y de la pérdida de hábitat, las especies exóticas invasoras han sido señaladas como la segunda causa de extinción de especies a nivel mundial, afectando en particular a la diversidad biológica de islas y de ecosistemas aislados. El extraordinario aumento en el movimiento de especies silvestres asociada a la globalización económica, ha producido una aceleración de la tasa de introducción de nuevas especies exóticas de todo el mundo, con sus consecuencias perjudiciales sobre la diversidad biológica nativa (Simberloff 2001, Genovesi & Shine 2004).

    La erradicación y control de las especies exóticas es una opción clave de la gestión de la naturaleza para mitigar los impactos causados por especies invasoras. Muchas de las especies exóticas invasoras que han sido eliminadas en algunas zonas del mundo, lo han sido con el objetivo de evitar los impactos negativos sobre la biodiversidad.

    Sin embargo, la erradicación de una especie invasora suele conllevar un elevado coste y una alta probabilidad de fracaso (Bomford & O´Brien 1995, Bertolino & Genovesi 2003).

    Si bien es cierto que las invasiones biológicas constituyen un fenómeno natural, a lo largo de la historia el hombre ha actuado acelerando el proceso a un ritmo exponencial (Mooney y Hobbs, 2000). En algunos casos, el transporte de especies se produce de forma involuntaria pero, en otras ocasiones, el trasiego de un lugar a otro se produce intencionadamente, generalmente con un objetivo económico. Esto ha supuesto, por ejemplo, con algunas especies agrícolas y ganaderas, importantes daños económicos y ecológicos, tanto directos como indirectos.

    No todas las especies exóticas introducidas suponen una invasión. De manera generalizada se puede definir especie exótica invasora como aquel taxón alóctono, de origen remoto, tras cuya introducción se establece en un nuevo ecosistema natural o seminatural, adaptándose y propagándose en él, provocando cambios en la estructura y funcionamiento del ecosistema receptor y causando daños ecológicos y socioeconómicos (Mooney y Hobbs, 2000; Sánchez et al., 2011).

    Sus efectos llegan a ser tan importantes que actualmente se considera la tercera consecuencia de pérdida de biodiversidad en el mundo, solamente por detrás de la destrucción de hábitats y la fragmentación del paisaje (Williamson, 1996). De manera concreta, en Extremadura, tras la destrucción del hábitat, la introducción de especies exóticas invasoras constituye la mayor amenaza para la flora y fauna autóctonas (Pérez Bote et al., 2010).

    En el caso de las plantas, la erradicación es un tema complicado, ya que son difíciles de controlar, además de la elevada tasa de dispersión y colonización. En el caso del Ailanto (Ai-

    lanthus altissima) se han realizado pruebas de erradicación con distintos métodos y solo en aquellos que se combinan (mecánicos y químicos) han dado resultados con el condicionante de la constancia.

    La elaboración del presente protocolo es un producto de la continuación del desarrollo del proyecto LIFE+INVASEP, donde y tras la realización del manual técnico para la gestión de Acacia dealbata (Link) y Ailanthus altissima (Mill.) Swingle (Acción A.1 "Inventario y cartografiado de las especies invasoras Acacia dealbata y Ailanthus altissima en la cuenca del río Tajo y elaboración de medidas de prevención y erradicación"), se presenta este Protocolo para la gestión, control y erradicación de la especie.

    El proyecto LIFE+INVASEP se ejecutó para, detener la pérdida de biodiversidad causada por las especies exóticas invasoras en la Península Ibérica (concretamente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la región portuguesa del Alentejo), contribuyendo al objetivo de la comunicación de la Comisón Europea, COM (20069 216 Final) "Detener la pérdida de biodiversidad para 2010 y más allá".

  16. DESCRIPCIÓN DE LAS ESPECIES.

    A/ Acacia dealbata.

    Las Acacias originarias mayoritariamente de Australia, son árboles o arbustos espinosos, de uso principalmente ornamental, que fueron introducidos en la Península Ibérica durante la segunda mitad del siglo XIX (Marchante y Marchante, 2008).

    Fue introducida en Europa hacía el año 1740, aunque en la Península Ibérica su introducción fue posterior, para su uso como planta ornamental, por su vistosidad durante la floración, como planta fijadora de taludes en vías de comunicación (ferrocarriles, carreteras, etc.) y en menor medida para su explotación forestal mediante la extracción de taninos, maderas y aprovechamiento de varas para cestería (Sanz Elorza et al., 2004; Marchante y Marchante, 2008).

    La mimosa, es un árbol de hoja perenne, de 15 a 30 m de altura y de copa redondeada a cónica. Tronco liso, de coloración pardo-grisácea que puede agrietarse en la base. Hojas compuestas, de color verde-glauco, de 6-10 cm de longitud, bipinnadas, con 10 - 26 pares de pinnas, lineales y redondeadas en el ápice. Pubescentes, especialmente blanquecinas cunado son jóvenes (su nombre científico, se debe a la capa blanquecina de pruina). La inserción de cada par de pinnas en el peciolo presenta una glándula prominente. Presenta floración entre enero y marzo, siendo una inflorescencia en racimo que agrupa flores globosas, pedunculadas amarillas y vistosas. La estructura abierta de su inflorescencia permite el acceso a una amplia variedad de visitantes, entre los que se encuentran abejas, moscas, escarabajos, mariposas,

    aves, hormigas y avispas, que son atraídos por las distintas recompensas que ofrecen, en forma de polen, néctar y esencias (Stone et al., 2003). Su fructificación se produce entre marzo y junio, dando fruto tipo legumbre, dehiscente, comprimida de 4 - 8 cm...

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