Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del Personal al servicio de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025 y sus bases generales.

Fecha de publicación10 Enero 2024
Número de Gaceta122
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Empresa
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

122 Orden de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación del Personal al servicio de la Administración Regional y Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025 y sus bases generales.

El Decreto del Presidente 31/2023, de 14 de septiembre (Suplemento número 12 del BORM número 213 de 14/09/2023), de reorganización de la Administración Regional, establece en su artículo 7 que la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado, entre otras, de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de función pública.

El Decreto n.º 241/2023, de 22 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, en su artículo 9 atribuye a la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, entre otras competencias, la formación del personal de la Administración Regional y de las Entidades Locales de su territorio; innovación en los procesos formativos del personal y en la participación del mismo para la mejora de los entornos laborales de la Administración; sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de dicha Administración o a las propias Entidades Locales.

Estas competencias son ejercidas por la mencionada Dirección General a través de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia (en adelante EFIAP), adscrita a la misma, a la que corresponde la elaboración de los planes de formación del personal al servicio de las citadas administraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública (BORM n.º 300, de 30 de diciembre).

El marco jurídico de la formación profesional se contiene fundamentalmente en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE nº 217, de 10 de septiembre de 2015), desarrollada a su vez por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio (BOE n.º 159, de 5 de julio de 2017) y se completa con el vigente Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, aprobado mediante Resolución de 21 de marzo de 2018 (BOE n.º 74, de 26 de marzo) que, tras reconocer la formación como un deber y un derecho de los empleados públicos, también la reconoce como una necesidad para lograr los objetivos de eficacia, transparencia, modernización y adaptación a los cambios propios de una sociedad en permanente evolución.

El Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, resalta la especial importancia que la formación interadministrativa debe tener dentro de los Planes de Formación dirigidos al personal empleado público, debiendo dar respuesta a las necesidades y expectativas que en el contexto actual demanda la ciudadanía.

El presente Plan de Formación, en coherencia con planes anteriores, tiene al personal empleado público como eje vertebrador, por ser su principal activo, y supone una clara apuesta por la formación como elemento estratégico clave, que, alineado con la Estrategia para la Transformación de la Función Pública Regional, se suma a la responsabilidad y relevancia de las distintas administraciones para alcanzar los objetivos marcados por la Agenda 2030.

La formación debe acompañar al personal al servicio de las administraciones públicas de la Región de Murcia para fortalecer su resiliencia, en cuanto a capacidad de adaptación a las transformaciones y para poder dar respuesta, más allá de las competencias tradicionales, a un escenario en el que se presentan nuevos desafíos y se requiere ser especialmente flexible y adaptable a nuevos contextos.

El Plan de Formación 2024-2025 se estructura en Programas y Subprogramas, que a su vez se componen de diversas acciones formativas que se convocarán con posterioridad. Estas acciones serán solicitables directamente por el personal empleado público destinatario de las mismas conforme a sus intereses profesionales o dicho personal será designado por las distintas unidades administrativas destinatarias de dicha formación.

Todo ello dentro del marco de la calidad y mejora de las unidades, la innovación y el aprendizaje colaborativo mediante acciones que pongan en juego la práctica de la inteligencia colectiva de la organización a través de la cual se genere conocimiento mediante la reflexión, el análisis y la creatividad, realizando aportaciones innovadoras significativas para la mejora de la organización.

El plan incluye acciones formativas de carácter obligatorio en aplicación de la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Con relación a la formación selectiva, se incluirá la formación que derive de la oferta de empleo público de la administración regional y la formación regulada en la Ley 6/2019 de Coordinación Policías Locales de la Región de Murcia.

Las acciones formativas que se integran en dicho Plan van encaminadas a contribuir a la consecución de los siguientes objetivos generales:

• Satisfacer las necesidades formativas prioritarias de la Administración Autonómica y de los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el desarrollo de las competencias profesionales del personal empleado público y su carrera profesional, así como fomentar y afrontar los nuevos retos que exigen una administración moderna e innovadora por medio del aprendizaje colaborativo y la gestión del conocimiento.

• Situar a la formación como eje vertebrador de la Estrategia para la Transformación de la Función Pública Regional, enfocada al desarrollo de la organización y de las personas, considerando a éstas como el principal activo con el que cuenta la Administración Regional.

• Dar respuesta, con eficiencia y eficacia, a las demandas de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social derivadas de los diferentes procesos selectivos que sean convocados o aquellas otras motivadas por la introducción de nuevas herramientas de trabajo y/o desarrollos normativos.

• Dar cumplimiento a la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el desarrollo de las acciones formativas de carácter selectivo.

• En coherencia con el nuevo contexto tecnológico de las administraciones públicas y la generalización en el uso de nuevas tecnologías, apoyar el impulso de la transformación digital de las administraciones públicas y la mejora de las competencias digitales del personal empleado público.

• Potenciar acciones formativas para la mejora de la calidad de las unidades, el aprendizaje colaborativo y aquellas otras que favorezcan la transferencia del conocimiento en los puestos de trabajo.

• Ofrecer variedad de recursos formativos que contribuyan al aprendizaje permanente, fomentando las capacidades para el autoaprendizaje a través del incremento de formatos más ágiles como píldoras formativas, formación abierta y otros recursos en la misma línea.

El Plan ha sido informado favorablemente por la Comisión Paritaria de Formación de esta Comunidad Autónoma, en su sesión de 27 de diciembre de 2023.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 12.2.b) del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, en relación con el artículo 7 del Decreto del Presidente 31/2023, de 14 de septiembre (Suplemento número 12 del BORM número 213 de 14/09/2023), de reorganización de la Administración Regional

Dispongo:

Primero.- Aprobar el Plan de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y sus Bases Generales, así como convocar los Programas y Subprogramas para los años 2024 y 2025 que se insertan en los siguientes Anexos de esta Orden:

Anexo I. Bases Generales

Anexo II. Programas y Subprogramas

Segundo.- La ejecución de dicho plan se materializará en las acciones formativas organizadas que integren el mismo dentro de cada Programa o Subprograma, siendo destacable entre estos el Programa de Formación Interadministrativo, integrado por acciones formativas de carácter general y transversal dirigido a todo el personal empleado de las administraciones públicas que desempeñen su actividad en la Región de Murcia. Dichas acciones formativas, serán convocadas en el marco de este plan por la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, por Resolución publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en la web https://efiap.carm.es/, apartado Normativa y en redes sociales a efectos informativos.

Tercero. Las convocatorias de acciones formativas contendrán, al menos los siguientes datos:

a) Relación de acciones formativas por programas, con expresión de su denominación, modalidad, número de ediciones, número de plazas inicialmente previstas por edición y número de horas.

b) Forma de solicitud y plazo de presentación.

c) Criterios de selección.

Cuarto.- La difusión pública a través de cualquier medio de comunicación de actividades derivadas de una acción formativa realizada en el marco del Plan Bienal de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2024 y 2025, deberá hacer constar de manera expresa:

a) Que se trata de una acción formativa organizada, homologada o en colaboración por la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública de la Región de Murcia (EFIAP).

b) Cuando en la actividad se derive el uso de recursos gráficos, en cualquier soporte, deberán incluirse los logotipos corporativos y símbolos...

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