Orden de 27 de enero de 2021 por la que regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, Desarrollo Rural, PoblaciÓN y Territorio
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

ORDEN de 27 de enero de 2021 por la que regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.

(2021050012)

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
TÍTULO I SOLICITUD ÚNICA. Artículos 2 a 15
Artículo 2 Solicitud Única.
Artículo 3 Documentación.
Artículo 4 Inicio del procedimiento, presentación de solicitudes y declaraciones.
Artículo 5 Presentación fuera de plazo.
Artículo 6 Modificación de solicitudes.
Artículo 7 Gestión y control de las solicitudes.
Artículo 8 Error manifiesto.
Artículo 9 Datos a utilizar en las solicitudes y declaraciones.
Artículo 10 Representación legal.
Artículo 11 Controles sobre el terreno.
Artículo 12 Trámite de audiencia y comunicación con las personas interesadas.
Artículo 13 Creación de condiciones artificiales.
Artículo 14 No declaración en la Solicitud Única de toda la superficie de la explotación.
Artículo 15 Resolución.
TÍTULO II AGRICULTOR Y AGRICULTORA ACTIVO/A Y ACTIVIDAD AGRARIA. Artículos 16 a 18
Artículo 16 Agricultor activo.
Artículo 17 Excepciones a los requisitos de agricultor activo.
Artículo 18 Actividad Agraria.
TÍTULO III DISPOSICIONES COMUNES A AYUDAS FEAGA. Artículos 19 a 23
Artículo 19 Personas beneficiarias
Artículo 20 Procedimiento de concesión de las ayudas FEAGA.
Artículo 21 Obligaciones de las personas solicitantes de las ayudas.
Artículo 22 Resolución.
Artículo 23 Pagos y anticipos.
TÍTULO IV RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO Y PAGOS RELACIONADOS. Artículos 24 a 29
CAPÍTULO I Régimen de pago básico. Artículos 24 a 26
Artículo 24 Justificación de los derechos de pago.
Artículo 25 Acceso a la Reserva Nacional del régimen de pago básico.
Artículo 26 Hectáreas y cultivos admisibles para el régimen de pago básico.
CAPÍTULO II Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Artículos 27 y 28
Artículo 27 Ámbito de aplicación.
Artículo 28 Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.
CAPÍTULO III Pago para personas que ostenten la condición de jóvenes agricultores/as. Artículo 29
Artículo 29 Personas beneficiarias y requisitos.
TÍTULO V AYUDAS ASOCIADAS A LAS PERSONAS AGRICULTORAS Y GANADERAS. Artículos 30 a 47
CAPÍTULO I Ayudas a Las personas agricultoras. Artículos 30 a 38
Artículo 30 Disposiciones comunes.
Artículo 31 Ayuda asociada al cultivo del arroz.
Artículo 32 Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
Artículo 33 Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas
Artículo 34 Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
Artículo 35 Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
Artículo 36 Ayuda asociada al tomate para industria.
Artículo 37 Pago específico al cultivo del algodón.
Artículo 38 Usos SIGPAC y sistemas de explotación admisibles.
CAPÍTULO II Ayudas asociadas a las personas ganaderas. Artículos 39 a 47
Artículo 39 Disposiciones comunes.
Artículo 40 Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
Artículo 41 Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
Artículo 42 Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
Artículo 43 Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
Artículo 44 Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
Artículo 45 Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Artículo 46 Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
Artículo 47 Ayuda asociada para las personas dedicadas a la ganadería de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
TÍTULO VI RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS Y PEQUEÑAS AGRICULTORES/AS. Artículo 48
Artículo 48 Personas beneficiarias.
TÍTULO VII AYUDAS PDR DE EXTREMADURA ACOGIDAS AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y CONTROL. Artículos 49 a 56
CAPÍTULO I Prima compensatoria a la forestación de tierras agrarias. Artículo 49
Artículo 49 Prima Compensatoria de la Ayuda a la Forestación de Tierras Agrícolas.
CAPÍTULO II Ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica. Artículos 50 a 53
Artículo 50 Solicitudes de pago.
Artículo 51 Bases reguladoras

Disposiciones de aplicación.

Artículo 52 Especialidades.
Artículo 53 Procedimiento de pago de la ayuda para compromisos Agroambientales y climáticos y Agricultura ecológica.
CAPÍTULO III Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. Artículos 54 a 56
Artículo 54 Líneas de ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas

Solicitud de ayuda y pago.

Artículo 55 Bases reguladoras

Disposiciones de aplicación.

Artículo 56 Penalizaciones y exclusiones por incumplimiento.
TÍTULO VIII SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DEL SIGPAC. Artículos 57 a 61
Artículo 57 Motivos de modificación.
Artículo 58 Lugar y plazo de presentación y documentación obligatoria.
Artículo 59 Documentación.
Artículo 60 Especialidades.
Artículo 61 Cambios que no se pueden solicitar por SIGPAC.
TÍTULO IX DECLARACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS AL REGISTRO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS. Artículos 62 a 70
Artículo 62 Ámbito de aplicación.
Artículo 63 Procedimiento de declaración e inscripción.
Artículo 64 Plazo de declaración.
Artículo 65 Inscripción de oficio y comprobación de la veracidad de los datos registrales.
Artículo 66 Vigencia de la calificación de Explotación Agraria Prioritaria y de la condición de Agricultor o Agricultora a Título Principal.
Artículo 67 Compatibilidad con el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas...

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