ORDEN de 26 de septiembre de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban, para el año 2023, las ayudas extraordinarias al sector del vino para el apoyo a viticultores amparados por la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja por la merma de sus rendimientos empresariales derivados de la guerra de Ucrania.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

El comercio mundial de vino, tras recuperarse a muy buen ritmo de la pandemia de COVID-19, vivió un 2022 lleno de incertidumbre, por la invasión militar rusa de Ucrania, lo que incidió en una crisis de suministros y materiales a primeros de año o el fuerte encarecimiento de las energías y los combustibles, factores que han desembocado en una fuerte inflación global. Todo ello ha provocado una importante perturbación del mercado vitivinícola que requiere el establecimiento de medidas excepcionales de carácter temporal encaminadas a reducir las existencias de vino producido en Euskadi.

Esta incidencia es especialmente preocupante dentro de la DOCa Rioja, donde las perturbaciones en las exportaciones de vino derivadas de la invasión de Ucrania por Rusia, están generando importantes stocks de vino en las bodegas sin salida comercial –se estima para toda la DOCa unos 80 millones de litros– a los que se unirían los procedentes de la próxima cosecha, lo que agravaría aún más la situación del sector que necesita de un tiempo razonable para poder ir sacando al mercado esos stocks, al amparo de una previsible mejora y crecimiento en el comercio mundial.

A nivel de Euskadi, según datos analizados por el Observatorio Español del Mercado del Vino, las exportaciones de vino desde el País Vasco cayeron un 12,7 % en términos de volumen durante los 10 primeros meses de 2022 (periodo acumulado a octubre), hasta los 38,7 millones de litros. Es la menor cantidad de vino comercializada en este periodo de los últimos 10 años.

Ante esta situación la DOCa Rioja ha reaccionado disminuyendo un 10 % el tope de rendimientos admisibles (sobre el rendimiento standard de 6.500 Kg/ha) de la uva tinta que se coseche en la campaña 2023, e impulsando la cosecha en verde dentro del PASVE, igualmente dentro de esta campaña.

Hechas estas consideraciones, y dado que las previsiones de 2023 mantienen la incertidumbre por la persistencia de la guerra en Ucrania, se impone una actitud conservadora en términos de producción en cosecha, lo que precisa de un apoyo financiero al hilo de la prolongación y ampliación por la Comisión Europa del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda para apoyar la economía tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

El anterior marco temporal, fue aprobado mediante la Comunicación de la Comisión del 22 de marzo de 2022 (2022/C 131 I/01), publicada en el DOUE número 65, de 24 de marzo de 2022 y sus sucesivas modificaciones. Este marco ha sido sustituido por Comunicación de la Comisión (2022/C426/01) publicada con fecha de 9 de noviembre de 2022 en el DOUE y a nivel estatal existe un marco nacional paraguas, aprobado por la Comisión Europea con sus últimas modificaciones con fecha de 12 de diciembre de 2022 mediante la Decisión C(2022)9443 Final, vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con arreglo al citado Marco Temporal habilitado por la Comisión Europea, en España se ha aprobado también el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda para apoyar la economía tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia en atención al contenido de la decisión de Comisión Europea SA.102771 (2022/N) y sus modificaciones. Este marco nacional temporal, al amparo del cual las administraciones de las Comunidades Autónomas pueden establecer las líneas de ayuda que consideren oportunas dentro de sus ámbitos de competencia y actuación, resulta aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023, y en su versión consolidada tras las modificaciones que ha tenido para ir adaptándose al contexto económico generado por la invasión de Rusia a Ucrania, en el apartado 3.1 habilita la posibilidad de conceder subvenciones directas de importe limitado.

Así, al amparo de dicho Marco Nacional Temporal, las medidas excepcionales que recoge esta Orden pretenden ayudar a paliar la pérdida de ingresos de las personas dedicadas a la viticultura en Álava por las medidas impulsadas por la DOCa Rioja y los costes añadidos que conlleva, por la previsible menor capacidad de compra de las bodegas, y a regular la oferta y demanda, reequilibrando el sector vitivinícola de Euskadi, dado que contribuirán a reducir el total de vino amparado bajo la DOCa Rioja.

Para ello se pretende dar un doble apoyo. Por un lado, una ayuda a viticultores que cosechen su uva para compensar la reducción de un 10 % del rendimiento en uva tinta acordada por la DOCa Rioja para esta campaña y, por otro lado, una ayuda para paliar las pérdidas económicas y costes añadidos de aquellos viticultores que apliquen la reducción de rendimientos en esta campaña.

Con todo ello se pretende sacar del mercado unos 16 millones de kg de uva, lo que se traduciría en aproximadamente 11 millones de litros de vino de DOCa Rioja en Euskadi.

Conforme a lo previsto en la habilitación contenida en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se dispone la obligatoriedad de relacionarse por medios electrónicos con la Administración para las distintas líneas de ayudas, considerando que los potenciales beneficiarios presentan unas características derivadas de su dedicación profesional que permiten el empleo de esa habilitación, teniendo en cuenta que por la normativa en materia de ayuda y control del sector ya impone relaciones electrónicas a sus destinatarios para cumplir con sus obligaciones de información y en todo caso se cuenta con equipamiento habitual que permite las relaciones electrónicas, quedando acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

Por todo lo anterior, al existir dotación suficiente según los créditos autorizados por la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023, se publica la presente convocatoria de ayudas.

En aplicación de la Ley 7/1981, de 30 de junio, Ley de Gobierno, que en su artículo 26.4 dispone que, sin menoscabo de las competencias que les corresponden como miembros del Gobierno, los Consejeros están investidos de la atribución de dictar disposiciones administrativas generales y resoluciones en materias de su Departamento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, dispone de un Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado mediante Orden de 17 de marzo de 2021 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente para los años 2021, 2022 y 2023, y sus sucesivas modificaciones, la presente Orden está en proceso de inclusión dentro dicho plan para dar cumplimiento a los objetivos del mismo y a lo prevenido en la LGS.

Artículo único – Convocatoria.

Aprobar, para el año 2023, las bases de la convocatoria de ayudas extraordinarias al sector del vino para el apoyo al sector vitícola, que se recoge en el Anexo I de la presente Orden.

Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de 2023.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

Base 1.– Objeto y naturaleza.

  1. – Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2023, ayudas extraordinarias a personas que se dediquen a la viticultura inscritas en el Registro de Viñas y sus Titulares del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja para la compensación de sus rendimientos económicos por la reducción de su producción de uva derivada de las implicaciones en el mercado vinícola de la guerra de Ucrania.

  2. – Las ayudas que se concedan en el ámbito de la presente Orden, tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido.

  3. – Las ayudas se concederán con arreglo al Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda para apoyar la economía tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, aprobado por la Comisión Europea con sus últimas modificaciones con fecha de 12 de diciembre de 2022 mediante la Decisión C(2022)9443 Final, aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023, y más concretamente al amparo del Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda para apoyar la economía tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, autorizado mediante la decisión de Comisión Europea SA.102771 (2022/N) y sus modificaciones, y que habilita la posibilidad de conceder subvenciones directas de importe limitado, concretamente con el límite de 250.000 euros por empresa en los sectores de la producción primaria de productos agrícolas.

    Base 2.– Línea de ayudas.

    Para alcanzar el objeto establecido en la Base 1 de la presente Orden, se establecerán dos líneas de ayudas: una, para la compensación de la reducción de rendimientos económicos en uva tinta en explotaciones amparadas por la DOCa Rioja, y otra para para la compensación de las pérdidas económicas y costes añadidos por operaciones de reducción de rendimiento. Ambas líneas son compatibles para una misma persona beneficiaria.

    Base 3.– Dotación presupuestaria.

    Los créditos presupuestarios con cargo a la aplicación 2023.1000532200.1.71110.450001.2023.001130 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinados a la presente convocatoria, ascienden 7,3 millones de euros, 4 millones de euros se...

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