ORDEN 22/2016, de 27 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de industrialización.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyOrden
Preámbulo
Título I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Capítulo único Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto

Actuaciones subvencionables.

Artículo 2 Marco normativo
Artículo 3 Beneficiarios
Artículo 4 Obligaciones de los beneficiarios
Artículo 5

Compatibilidad y acumulación de subvenciones.

Artículo 6 Entidad colaboradora
Título II Bases generales Artículos 7 a 17
Capítulo I Procedimiento general de concesión de las subvenciones Artículos 7 a 13
Artículo 7 Convocatoria
Artículo 8 Presentación de solicitudes
Artículo 9 Subsanación de solicitudes
Artículo 10 Ordenación e instrucción
Artículo 11 Criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención
Artículo 12 Resolución de concesión
Artículo 13 Resolución de incidencias

Supuestos y criterios de modificación de la resolución.

Capítulo II Disposiciones comunes de gestión económica y régimen sancionador Artículos 14 a 17
Artículo 14 Plazo y forma de justificación de las subvenciones
Artículo 15 Pago de la subvención
Artículo 16 Plan de control
Artículo 17 Reintegro y minoración de las subvenciones Artículo 18

Subcontratación de las actividades subvencionadas Artículo 19. Régimen sancionador.

Título III Modalidades
Capítulo I Subvenciones para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos
Artículo 20 Solicitante y beneficiario
Artículo 21 Objeto y finalidad
Artículo 22 Actuaciones subvencionables
Artículo 23 Gastos subvencionables
Artículo 24 Cuantía de la subvención
Capítulo II Subvenciones para proyectos de inversión sostenible para el crecimiento y consolidación de empresas industriales
Artículo 25 Solicitante y beneficiario
Artículo 26 Objeto y finalidad
Artículo 27 Actuaciones subvencionables
Artículo 28 Gastos subvencionables
Artículo 29 Cuantía de la subvención
Capítulo III Subvenciones para la realización de planes de actuaciones de refuerzo del tejido asociativo para la industrialización
Artículo 30 Solicitante y beneficiario
Artículo 31 Objeto y finalidad
Artículo 32 Actuaciones subvencionables
Artículo 33 Gastos subvencionables
Artículo 34 Cuantía de la subvención
Capítulo IV Subvenciones para la realización de planes de mejora y desarrollo industrial sostenible
Artículo 35 Solicitante y beneficiario
Artículo 36 Objeto y finalidad
Artículo 37

Actuaciones subvencionables.

Artículo 38 Gastos subvencionables
Artículo 39 Cuantía de la subvención
Disposición adicional única Información y publicidad de las subvenciones concedidas
Disposiciones finales Primera Derecho supletorio

Segunda. Instrucciones

Tercera. Entrada en vigor

PREÁMBULO

La política industrial de la Unión Europea tiene por objeto aumentar la competitividad de la industria europea, para que esta pueda mantener su papel impulsor del crecimiento sostenible y del empleo en Europa. A fin de asegurar unas mejores condiciones marco para la industria europea, se han adoptado distintas estrategias, la más reciente de las cuales se describe en la Comunicación de la Comisión Europea titulada «Por un renacimiento industrial europeo», de 22 de enero de 2014, y que constituye una de las principales iniciativas para el crecimiento de la competitividad empresarial europea de la Estrategia Europa 2020, junto con la «Unión por la Innovación», la «Agenda Digital» y «Nuevas Capacidades para Nuevos Empleos».

Esta comunicación se centra en invertir la tendencia del declive industrial y alcanzar el objetivo del 20 % del PIB para las actividades manufactureras en 2020. La Comisión declara que, para atraer nuevas inversiones y crear un mejor entorno empresarial, la Unión Europea necesita políticas más coherentes en el ámbito del mercado interior, incluida la infraestructura europea como las redes de energía, transporte e información, así como para los bienes y servicios. También se destaca la importancia de una mejor cooperación en los ámbitos de la administración pública de calidad, el comercio, la investigación y las materias primas.

La Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece en su artículo 52 que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva, entre otras, de la planificación de la actividad económica de la Comunitat Valenciana, la industria, sin perjuicio de lo que determinan las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés general y las normas relacionadas con las industrias sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear, así como el desarrollo y ejecución en su territorio de los planes establecidos por el Estado para la reestructuración de sectores industriales y económicos.

El Consell se ha fijado entre sus objetivos, como se recoge en el Document d'Elx, aprobado por el Pleno del Consell el 15 de abril de 2016, sentar las bases para que la Comunitat Valenciana avance hacia un nuevo modelo económico basado en el conocimiento y la innovación, articulado sobre el principio de sostenibilidad, tanto ambiental como productiva y social.

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo tiene entre sus objetivos estratégicos el fomento de la inversión industrial, la evolución de los sectores productivos y la sostenibilidad de los sectores existentes en consonancia con el medio ambiente y con las políticas que el Consell está desarrollando en esta materia, todo ello maximizando la eficiencia energética, reduciendo las necesidades de materias primas y minimizando la generación de residuos, fomentando su reciclado y valoración.

En este contexto, la industria de la Comunitat debe recuperar su protagonismo basándose en transformar su actividad, orientándola hacia productos y servicios de mayor calidad, valor añadido, nivel tecnológico, y oportunidad de encontrar mercados en el exterior. Esta transformación debe implicar tanto a las empresas y sectores supervivientes de la crisis como a nuevos proyectos empresariales en sectores de todo tipo: maduros o de reciente creación y con elevado potencial de crecimiento.

Para alcanzar esta transformación necesitamos más industria y de mayor valor añadido, un nuevo modelo de industria que añada un alto valor social, en términos de empleo y bienestar, a nuestra economía productiva, y que sea consciente de los retos medioambientales y sociales de nuestra sociedad post-industrial.

Este nuevo modelo de industrialización va a realizar un esfuerzo añadido en contemplar y afrontar los aspectos territoriales de las políticas públicas y de las actuaciones empresariales complementando la visión sectorial y tecnológica. Asimismo considerará claves la mejora de la competitividad desde la cooperación, preferentemente enfocada a las pymes, y el reto de la sostenibilidad en sus tres vertientes: la rentabilidad económica, el retorno social y el respeto por el medio ambiente.

El Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2018 aprobado con el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo en fecha 6 de junio de 2016, incorpora entre sus principales objetivos estratégicos, mejorar las condiciones del entorno para el crecimiento y el desarrollo sostenible.

A efectos del cumplimiento de las previsiones incluidas en el citado plan, atiende esta orden bases reguladoras de ayudas en materia de industrialización, que determinan el régimen jurídico al que se someten un conjunto de subvenciones en materia de industrialización que tienen como objetivos los siguientes:

  1. La mejora, modernización, y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos.

  2. El crecimiento y consolidación de industrias a través de inversiones sostenibles.

  3. El refuerzo del tejido asociativo para la industrialización a través de la realización de planes integrales de actuaciones que beneficien al conjunto del sector.

  4. La realización de planes de mejora y desarrollo...

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