ORDEN de 21 de julio de 2022, por la que se actualiza el Catálogo de tipos de productos ortoprotésicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, dispone en su artículo 17 que la prestación ortoprotésica se facilitará por los servicios de salud o dará lugar a ayudas económicas, en los casos y de acuerdo con las normas que reglamentariamente se establezcan por parte de las Administraciones sanitarias competentes.

El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (en adelante, Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre), regula la prestación ortoprotésica en su Anexo VI, estableciendo en sus apartados 1 a 5 que el contenido de la prestación ortoprotésica estará determinado por aquellos productos que se recojan en el catálogo que elabore, en desarrollo de lo establecido en los apartados 6, 7, 8, 9 y 10 de dicho anexo, la Administración sanitaria competente, y que el acceso a la prestación ortoprotésica se hará, garantizando las necesidades sanitarias de los pacientes, en la forma que establezca al efecto la Administración sanitaria competente en la gestión de la prestación.

Posteriormente, el Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica, define el catálogo de prestación ortoprotésica de cada Comunidad Autónoma, como la “relación de productos ortoprotésicos o tipos de productos que cada responsable de prestación ortoprotésica selecciona de la oferta para facilitar la prestación ortoprotésica en su respectivo ámbito de gestión”.

El Anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, fue modificado por la Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, y posteriormente por la Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, dictadas en base al artículo 149.1.16 de la Constitución española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad, correspondiendo a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la legislación estatal en materia de sanidad interior, que incluye, en todo caso, entre otras, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para...

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