Orden de 21 de abril de 2023 de concesión de subvención nominativa a favor de la Federación de Municipios de la Región de Murcia para colaborar en la realización de acciones formativas para el personal empleado público local durante el ejercicio 2023.

Fecha de publicación04 Mayo 2023
Número de Gaceta2717
EmisorConsejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital

2717 Orden de 21 de abril de 2023 de concesión de subvención nominativa a favor de la Federación de Municipios de la Región de Murcia para colaborar en la realización de acciones formativas para el personal empleado público local durante el ejercicio 2023.

La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023 (Suplemento n.º 14 del BORM n.º 301, de 31 de diciembre), recoge en su Anexo I los proyectos de gasto nominativos para el ejercicio 2023, entre los que figura la subvención nominativa a favor de la Federación de Municipios de la Región de Murcia (en adelante FMRM), por importe de 64.000,00 €, para colaborar en la realización de acciones formativas para el personal empleado público local de la Región de Murcia.

Con fecha 3 de abril de 2023, tiene entrada en el Registro General de la CARM, escrito firmado por el Secretario General de la FMRM, en representación de la misma, en el que solicita la tramitación de la concesión de la citada subvención a su favor y se remite documentación complementaria, entre la que se incluye la memoria descriptiva del plan de formación con la relación de acciones formativas a desarrollar por la citada entidad durante el ejercicio 2023.

Tras la celebración de la sesión de la Comisión Paritaria de Formación Local del 28 de marzo, que incluía en su punto tercero del orden del día la “Aprobación, si procede, del Plan de Formación de la FMRM para 2023”, se acuerda aprobar el plan presentado.

Visto en informe propuesta de fecha 19 de abril de 2023, emitido por la Dirección General de Función Pública,

Dispongo:

Primero.- Autorizar del gasto por importe de 64.000,00 € (sesenta y cuatro mil euros), con cargo a la partida 11.04.00.121C.463.50, proyecto número 43108, denominado “A la Federación de Municipios de la Región de Murcia. Acciones Formativas” subproyecto 043108230001 “Acciones formativas personal integrante Admón. Local”, del ejercicio 2023.

Segundo.- Conceder a la Federación de Municipios de la Región de Murcia, con C.I.F. V 30150999, la subvención nominativa que figura en el Anexo I de la Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023 (Suplemento n.º 14 del BORM n.º 301, de 31 de diciembre), y disponer el gasto por un importe total de 64.000,00 € (sesenta y cuatro mil euros), con el fin de colaborar en la realización de acciones formativas para el personal empleado público local de la Región de Murcia durante el ejercicio 2023. En caso de que en la ejecución de alguna acción formativa quedasen plazas disponibles no ocupadas por el personal empleado público de la administración local, la Federación de Municipios de la Región de Murcia, podrá valorar la ocupación de esas plazas por personal empleado público de otras administraciones.

Tercero.- Reconocer la obligación y formular propuesta de pago, por importe de 64.000,00 € (sesenta y cuatro mil euros), a favor de la Federación de Municipios de la Región de Murcia, con CIF V 30150999, con cargo a la partida presupuestaria, 11.04.00.121C.463.50 proyecto número 43108, subproyecto 043108230001(100% gasto elegible). El abono de dicho importe se hará efectivo en la cuenta bancaria ES 43 2038 3095 00 6400002017.

Cuarto. - La relación de acciones formativas subvencionables, cuya realización inicial está previsto desarrollar a lo largo del ejercicio 2023, serán las que se detallan en el Anexo I.

No obstante, el beneficiario podrá realizar acciones de las previstas en el Anexo II. Acciones formativas en Reserva, en sustitución de otras del Anexo I, en virtud de una mayor demanda de las mismas.

En ningún caso será posible realizar acciones formativas que no estuvieran prevista en los citados Anexos I y II, que son los aprobados en la Comisión Paritaria de Formación Local del 28 de marzo.

El beneficiario queda obligado a hacer constar en la memoria justificativa que presente a final del periodo de vigencia del plan, las acciones que, correspondiendo al Anexo II se hayan realizado finalmente, los motivos de dicha incorporación y aquella o aquellas acciones del Anexo...

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