Orden de 20 de abril de 2017, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo para el cuatrienio 2017-2020.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

El Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo 2017-2020 constituye el cuarto Plan que pone en marcha la Comunidad Autónoma en el ejercicio de estas funciones de inspección para velar por el cumplimiento de la legalidad territorial y urbanística, tras los aprobados con anterioridad para el bienio 2007-2008, el cuatrienio 2009-2012 y el periodo 2013-2016.

El desarrollo de esta acción inspectora llevada a cabo durante la vigencia del ultimo Plan de Inspección 2013-2016, ha implementado una nueva estructura organizativa con el objetivo de optimizar los recursos y discriminar el grado de intervención y seguimiento con la que se ha alcanzado el ejercicio de una potestad de policía administrativa que ha conseguido hacerse visible prácticamente en toda la Comunidad Autónoma, ejerciendo tanto las funciones que les son propias (tramitación de denuncias, revisión o impugnación de resoluciones administrativas nulas, y tramitación de procedimientos de protección de la legalidad y sancionador), como otras de naturaleza informante y pedagógica (impartición de cursos, aclaración de consultas y emisión de informes a técnicos municipales) y de cooperación institucional (con la Administración de Justicia, Notarios y Registradores de la Propiedad, Colegios Profesionales).

Y esta nueva forma de actuación no es sólo una necesidad práctica, sino que responde también a la medida de la propia competencia de esta inspección autonómica, tal y como ha tenido ocasión de recordar la importante Sentencia del Tribunal Constitucional 154/2015, de 9 de julio (BOE núm. 194, de 14.8.2015), que ha confirmado el carácter subsidiario de la intervención autonómica en la disciplina urbanística.

Como consecuencia de la delimitación que a través de esta Sentencia del Tribunal Constitucional se formula del ámbito competencial autonómico, resulta necesario seguir profundizando y perfeccionando los mecanismos de cooperación y coordinación entre la inspección autonómica y la administración local, en el marco de lo dispuesto en la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, a través del variado abanico de fórmulas de encuentro y compromiso que ya están siendo utilizadas en la práctica.

La evaluación del ultimo Plan ha puesto de manifiesto la necesidad de que la Inspección autonómica concentre esfuerzos en la protección del patrimonio territorial de Andalucía y continuar con la estrategia de una actuación inspectora autonómica proactiva y selectiva, prestando especial atención a aquellas medidas que contribuyan a proteger los espacios territoriales más sensibles, en particular, los suelos protegidos por el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía aprobado por Decreto 141/2015, de 26 de mayo (BOJA núm. 139, de 20.7.2015), así como las zonas de protección territorial de los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional, especialmente las redes supramunicipales de espacios libres (Parques metropolitanos o comarcales, itinerarios recreativos, itinerarios fluviales) mediante la prevención de la formación de núcleos de población no previstos en el planeamiento urbanístico general y los procesos incipientes de parcelaciones ilegales, sin perjuicio de dar una tramitación suficiente a todas las denuncias urbanísticas presentadas.

Asimismo, la reforma operada...

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