Orden de 19 de febrero de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se aprueba la aplicación corporativa de tramitación electrónica de expedientes de contratación en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia.

Fecha de publicación01 Marzo 2021
Número de Gaceta1295
EmisorConsejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública

1295 Orden de 19 de febrero de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se aprueba la aplicación corporativa de tramitación electrónica de expedientes de contratación en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia.

La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 18 de julio de 2016, reguladora de las normas de organización y funcionamiento de los órganos encargados del análisis funcional y tecnológico, así como de la implementación de la solución corporativa de tramitación electrónica de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, estableció los órganos encargados de poner en marcha e implementar las actuaciones necesarias para dotar al Sector Público Regional de una solución técnica que permitiera la tramitación electrónica de los contratos a celebrar por los distintos poderes adjudicadores.

El referido sistema de tramitación electrónica, debía cumplir con los siguientes requerimientos: incardinarse en el marco del Plan Estratégico de Administración Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (PAECARM); abarcar, al menos, hasta la licitación; cumplir con las exigencias normativas en materia de administración electrónica; en la selección de las herramientas se primaría la reutilización de las ya prexistentes o bien aquellas puestas a disposición de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) de modo gratuito por el Estado; y por último, sería de uso común por los órganos de contratación de las Consejerías y sus Organismos Autónomos.

Con anterioridad, el 21 de septiembre de 2015, fue suscrito un convenio de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administración Pública y la CARM sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública, por el que se ponía a disposición de la Administración Regional, entre otras cosas, la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), lo que permitiría disponer de un perfil de contratante para todo el Sector Público Regional y de los medios adecuados para poder realizar las licitaciones por medios electrónicos.

Tras la publicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo de 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LACSP), comenzaron los trabajos para dotar de una aplicación informática corporativa para la gestión electrónica de expedientes de contratación que no tuvieran la consideración de contrato menor, a las unidades encargadas de ello en el ámbito de la CARM, que se denominó CONCOR (CONtratación CORporativa). Para ello se adaptó la aplicación informática utilizada por la Consejería de Fomento e Infraestructuras, que además de integrarse armónicamente en PAECARM, permitía cumplir con los demás requerimientos de la Orden de 18 de julio de 2016 y los surgidos de la entrada en vigor de la LCSP en marzo de 2018.

Actualmente la aplicación CONCOR abarca hasta la formalización del contrato y está siendo utilizada por las unidades de contratación de Consejerías y OO AA. Es necesario continuar desarrollando la aplicación de manera que se pueda llegar con el gestor informático hasta la finalización del expediente y que permita su...

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