Orden de 18 de octubre de 2022, por la que se ajustan los rendimientos de algodón para la campaña 2022-2023, tras detectarse circunstancias climáticas excepcionalmente adversas, en base a lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden de 7 de mayo de 2018, por la que se establecen normas adicionales relativas al pago específico al cultivo del algodón.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) núm. 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 637/2008 y (CE) núm. 73/2009 del Consejo, establece en su artículo 56 un pago específico al cultivo del algodón cuando se cumplan una serie de condiciones agronómicas.

Por otro lado, el Reglamento Delegado (UE) núm. 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) núm. 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, y que modifica el anexo X de dicho Reglamento, establece una serie de actuaciones a realizar por los Estados miembros en relación a este pago. Por su parte, el Reglamento de ejecución (UE) núm. 641/2014 de la Comisión, de 16 de junio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1307/2013, del Parlamento europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, incorpora normas relativas al procedimiento de autorización de las tierras y variedades y sobre las notificaciones a los productores y productoras relacionadas con dichas autorizaciones, a efectos del pago específico al cultivo del algodón.

Las disposiciones descritas han sido desarrolladas en el ámbito nacional a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

En el apartado 3 del artículo 54 del citado Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, se determina que las autoridades competentes podrán establecer los rendimientos mínimos de cultivo como factor indicativo en el marco del cumplimiento del artículo 60 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamento (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm...

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