ORDEN de 18 de mayo de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2021, el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID-19.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

El programa de Gobierno 2020-2024 de la XII Legislatura «Euskadi Martxan» establece, como Eje I Prosperidad, de los cuatro en que se estructura el programa, donde se articulan las áreas de actuación para promover el empleo y la reactivación económica. Tal y como se recoge en el programa, la actividad comercial constituye un elemento básico de nuestro modelo de vida social y de ciudad, a la vez que contribuye al crecimiento económico local y a la creación de empleo.

Una de las nueve áreas de actuación de este eje es la dedicada al Comercio y la Hostelería destacando el compromiso de actuación para la mejora de la competitividad del comercio con iniciativas dirigidas a la transformación digital, desarrollo de competencias profesionales, la mejora en la gestión y, en general, acciones dirigidas a la sostenibilidad y digitalización, creación de marca vinculada al territorio y enfocadas especialmente en el pequeño comercio.

El último Plan de Turismo, Comercio y Consumo 2017-2020 concluyó su planificación el ejercicio 2020 y una de sus líneas de acción dentro del eje de Modernización y Rejuvenecimiento del Sector fue la de Instalaciones Renovadas donde se avanzó en el objetivo de transformar la imagen y percepción social del comercio, prestigiarlo profesionalmente y estimular y acompañar su modernización. En estos momentos se está trabajando en el desarrollo del Plan de Comercio 2021-2025 que deberá responder a los principales retos del sector comercial, especialmente tras la crisis sanitaria del COVID-19, que ha transformado los ritmos a los que se deberá responder con la transformación acelerada del sector, su modernización y rejuvenecimiento.

Porque el escenario cambió radicalmente desde que el 11 de marzo de 2020, la OMS declaró el brote de coronavirus caracterizándolo como una pandemia global en la que aún estamos inmersos. Y ello llevó a la necesidad de adoptar medidas que fueron tomadas en un primer momento por el Gobierno de España mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de proteger la salud y la seguridad de la ciudadanía.

Tras la finalización del estado de alarma con el confinamiento estricto de la población y el cierre de los establecimientos comerciales, salvo en el caso de los comercios esenciales, se esperaba una paulatina recuperación del comercio, especialmente del minorista.

Pero ante la persistencia de la situación, el gobierno del Estado se vio obligado a dictar el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaraba nuevamente el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, actuando las autoridades de las Comunidades Autónomas como competentes delegadas, participando en la cogobernanza del mismo.

En su virtud, la Comisión Técnica del Labi, el Departamento de Salud, el Consejo Interterritorial de Sanidad, así como el Consejo Asesor del Labi, ante la existencia de una creciente transmisión comunitaria del virus en Euskadi y el crecimiento del impacto asistencial en la ocupación hospitalaria y de camas UCI, consideraron imprescindible la adopción de nuevas medidas a fin de romper la cadena de transmisión del virus y obligaron al Gobierno Vasco a adoptar nuevas medidas restrictivas. Dichas medidas se han adoptado a través de diversos Decretos, que han impuesto nuevas y obligadas restricciones.

Todas las medidas recogidas en esta normativa, en especial las restricciones de movilidad, horarios y actividades han tenido, nuevamente, un gran impacto en el sector comercial.

Los rebrotes y las sucesivas olas de la pandemia han llevado a ir adoptando diferentes medidas en función de la situación epidemiológica, básicamente mediante la limitación de la movilidad tanto a nivel de Comunidad Autónoma como Territorio Histórico como de movilidad municipal; pero también medidas directamente dirigidas a los establecimientos comerciales como la limitación de aforo de clientes en el interior de los mismos con porcentajes que ahora están en el 40 % o 60 % según el tamaño del mismo e igualmente mediante la limitación en los horarios de apertura y cierre. Asimismo, las limitaciones impuestas a la hostelería y en algunos momentos su cierre, también ha puesto de relieve las sinergias existentes entre el comercio, la hostelería y el ocio.

Según los datos publicados por el Eustat recientemente, 5 de febrero de 2021, del índice de comercio minorista, el balance del año 2020 de las ventas del comercio minorista ha acumulado un descenso con respecto al año anterior del 4,9 % en términos homogéneos de calendario laboral y a precios constantes. Con unos impactos diferenciados según los subsectores comerciales.

Por todo ello, ya desde los primeros momentos de la pandemia el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo puso en marcha un Plan de Resistencia con el objetivo del sostenimiento de los empleos y de la actividad en los sectores del turismo, comercio y hostelería.

Para ello, se han llevado a cabo diferentes medidas de ayuda, como medidas de contención y acompañamiento, con el fin de minimizar o paliar el impacto que ha generado la crisis del COVID-19 en estos sectores. En relación con el comercio hasta este momento se han puesto en marcha diferentes programas: un Programa de Ayudas Extraordinarias COVID-19 con un importe de 9,9 millones de euros, programas ordinarios de ayudas por importe de 8 millones en turismo, hostelería y comercio; Bonos al Consumo en comercio por importe de 3,7 millones y Plan de apoyo al subsector del equipamiento personal por un importe de 16 millones de euros.

La prioridad absoluta del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo en materia económica, en esta fase de resistencia, radica en proteger y dar soporte al sector comercial minorista vasco para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación en la actividad.

Por todo lo anteriormente descrito, se considera conveniente la puesta en marcha del programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID-19 contemplado en esta orden y directamente dirigida a los establecimientos comerciales.

Este programa de apoyo ha sido ajustado a la nueva situación, con el objeto de aumentar la eficiencia en el destino de los recursos y apoyar a los establecimientos en su modernización o en afrontar transformaciones importantes como la adaptación al nuevo sistema TicketBAI a lo largo de este ejercicio.

La presente Orden se incardina en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para 2021, aprobado por Orden de 25 de enero de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, y cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente establecido en la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021.

Y, en virtud de ello.

Artículo único – Aprobar, en los términos que se recogen en los anexos, las bases reguladoras de la convocatoria, para el ejercicio 2021, del programa de ayudas destinadas a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID-19.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En todo lo no previsto en las bases, será de aplicación el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2021.

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo.

JAVIER HURTADO DOMÍNGUEZ.

Base 1.– Objeto de la convocatoria de ayudas.

1.– Estas bases tienen por objeto establecer las bases y regular la concesión, en el ejercicio 2021, de ayudas destinadas a impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por la pandemia del COVID-19.

2.– De acuerdo con dicho objetivo, se impulsarán las inversiones destinados a la modernización de los establecimientos comerciales y de determinados servicios que se encuentren ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la financiación de sus equipamientos, obra civil, mobiliario, equipamiento informático y digital, así como inversiones en activos fijos necesarios para mantener la seguridad higiénico-sanitaria del establecimiento comercial.

Base 2.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad de la base anterior ascienden a la cantidad de 1.350.000,00 euros y procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos...

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