ORDEN de 16 de mayo de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Desde el origen de la Política Agrícola Común (PAC) en 1962, esta política se ha ido adaptando a los retos del sector y a las nuevas necesidades de la ciudadanía a través de sucesivas reformas.

La última reforma de la PAC finalizó en diciembre de 2021 con la publicación de tres reglamentos que vienen a sentar las bases y a regular, junto con los respectivos reglamentos delegados y de ejecución, la aplicación de la PAC durante el periodo 2023-2027, sin perjuicio de las posibles prórrogas.

Por un lado, el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.

Por otro lado, el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013.

Y por último, el Reglamento (UE) 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, (UE) n.º 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, (UE) n.º 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y (UE) n.º 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultra periféricas de la Unión.

La nueva PAC, que se aplicará de 2023 a 2027, conserva los elementos esenciales de la PAC anterior, pero pasa de ser una política basada en la descripción de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios finales de las ayudas a ser una política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a tres objetivos generales: fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París; y fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales. Estos objetivos generales se desglosan a su vez en nueve objetivos específicos, basados en los tres pilares de la sostenibilidad y complementados con un objetivo transversal común de modernizar el sector agrario a través del conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas rurales.

Una de las principales novedades de la PAC 2023-2027 es que todos los Estados miembros deben contar con un único Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) en el que se recojan las intervenciones de ayuda con las que se pretenden alcanzar los objetivos de la PAC y la ambición del Pacto Verde Europeo.

En ese sentido, y tras un proceso de trabajo de aproximadamente tres años que fue coordinado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en el que participaron las comunidades autónomas, tanto en la fase inicial de diagnóstico y análisis de necesidades como en la posterior fase de articulación de la estrategia y diseño de las intervenciones, el 31 de agosto de 2022 la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC de España, mediante la Decisión C (2022)6017.

En dicho PEPAC de España se han recogido tanto las intervenciones de ayuda programadas en el ámbito del primer pilar (ayudas directas y sectoriales, financiadas por el fondo FEAGA) y que serán de aplicación directa en el ámbito estatal, como las intervenciones de desarrollo rural del segundo pilar (cofinanciadas por el fondo FEADER) las cuales se implementan y desarrollan a nivel autonómico, con las especificidades regionales que se hayan establecido en cada caso y según las intervenciones y presupuestos que haya programado cada comunidad autónoma para su territorio. Como consecuencia de esto, en el caso de Euskadi se han programado, además de las intervenciones en forma de pagos directos y las intervenciones sectoriales del fondo FEAGA, 18 intervenciones de desarrollo rural (FEADER).

Entre las 18 intervenciones de desarrollo rural (FEADER) programadas en Euskadi, se encuentran las relativas a la participación en regímenes de calidad (intervención de cooperación 7131) y la promoción de productos en regímenes de calidad (intervención de cooperación 7132).

El sector alimentario es estratégico para la Comunidad Autónoma del País Vasco y constituye el sustrato fundamental del medio rural vasco. Al fin de alcanzar el objetivo de aumentar la competitividad de dicho sector se ha ido desarrollando una estrategia de diferenciación y potenciación de determinados productos de cierto arraigo en la agricultura vasca.

La incorporación en denominaciones de origen protegidas y en indicaciones geográficas protegidas tiene un impacto positivo en los ingresos de las agricultoras y agricultores, ya que el sector productor puede obtener mejores precios e ingresos mayores en consonancia con las características de los productos que trasfieren un valor añadido. También les reporta una mejor gestión de la calidad, un mejor acceso a los mercados, estabilidad de precios. Por lo tanto, la aplicación de los regímenes de calidad de la UE podría tener un impacto positivo en las zonas rurales, incluyendo a las zonas con limitaciones naturales.

Tanto el análisis de la situación de partida del Plan estratégico de la PAC, como las recomendaciones de la Comisión Europea (SWD (2020) 374 final) proponen contribuir al objetivo del Pacto Verde de la UE sobre la agricultura ecológica, mejorando la tendencia actual de aumento de las zonas de producción ecológica mediante planes apropiados de conversión y mantenimiento, e incentivando el aumento de la demanda ecológica en la cadena alimentaria y la organización del mercado, así como la promoción de mejores prácticas de cultivo o de producción animal. La agricultura ecológica, así como otros productos agrícolas de calidad requieren de unas técnicas de producción sostenible y respetuosa con el medio ambiente. Esas mismas recomendaciones de la Comisión Europea proponen consolidar explotaciones agrícolas viables orientadas al mercado.

Con carácter general, el objetivo de estas ayudas es mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en materia de alimentación y salud, incluida la demanda de alimentos de buena calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible. Otro de los objetivos es mejorar la posición del sector agrícola en la cadena de valor, y para ello se fomentan las producciones de calidad diferenciada y ecológicas. También se pretende valorizar los productos y los sistemas de producción comunitarios, y fomentar los vínculos y la confianza entre los consumidores y el sector productor.

Dado que la participación en estos regímenes de calidad origina en ocasiones costes y obligaciones adicionales que no siempre se ven recompensados en su justa medida por el mercado, es necesario fomentar la participación de los agricultores en estos programas. El primer objetivo es atender la mayor integración de los productos vascos de calidad certificada en la cadena alimentaria, fomentando una mayor participación del sector productor en los regímenes de calidad, así como un mejor posicionamiento y reconocimiento de estos productos en los mercados interno y externo. Todo ello está integrado en la Estrategia de calidad diferenciada y certificada de Euskadi, base de nuestra política agraria. La intervención para promover la participación en regímenes de calidad consistirá en una ayuda en forma de reembolso de costes subvencionables en que se haya efectivamente incurrido, y realmente abonados por parte del agricultor o agricultora, así como a las agrupaciones de personas agricultoras que participan en regímenes de calidad de la UE. En este caso, el objetivo específico es fomentar tanto la incorporación de nuevos operadores a regímenes de calidad como la certificación de un producto ya acogido en un régimen de calidad en otro nuevo (o con una orientación productiva diferente dentro del mismo régimen), ya que la participación en estos regímenes, mejora la situación de los productores en la cadena de valor.

Por otro lado, el reciente estudio sobre la evaluación de la política de calidad de la Unión Europea relativa a las indicaciones geográficas y especialidades tradicionales garantizadas protegidas en la UE, señala que uno de los objetivos más relevantes para las agrupaciones de productores y productoras en los sectores agrícola, alimentario y vitivinícola es proporcionar a las personas consumidoras información clara sobre propiedades que añaden valor a los productos y/o proteger los intereses legítimos de las personas consumidoras. Sin embargo, debido a la baja concienciación y comprensión de este sistema en algunos Estados miembros, las personas consumidoras no perciben necesariamente la relevancia de estos productos. En este estudio también se indica que las figuras de calidad constituyen una herramienta importante para promover la identidad regional y el patrimonio gastronómico, en particular en países con una larga historia de protección de indicaciones geográficas. Sin embargo, como indica la comunidad científica, que identifica muchos casos de éxito, esta...

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