ORDEN 1007/2022, de 29 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
Fecha de publicación | 09 Mayo 2022 |
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento de la investigación científico-técnica y en la ordenación y planificación de la actividad económica regional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado.
La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en virtud del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, es el órgano de la administración de dicha Comunidad al que se atribuyen las competencias en materia de investigación científica y de innovación tecnológica, en el marco de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.
De acuerdo con ello, y en concreto el artículo el artículo 23 del citado Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, confiere a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica la competencia, entre otras, para la planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid de fomento de la investigación científica y tecnológica dirigidas a centros públicos o entidades sin ánimo de lucro, el fomento de la innovación tecnológica dirigida a empresas, entre ellas las de base tecnológica, en coordinación con las restantes Consejerías responsables de otras políticas sectoriales, y las relaciones institucionales en materia de investigación e innovación con las administraciones públicas y entidades y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
Tanto el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como el artículo 4.bis) de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establecen que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad subvencional a realizar.
El objeto de las subvenciones de concesión directa recogidas en este plan estratégico es financiar actividades concretas de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba