STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Octubre de 2002
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO |
ECLI | ES:TSJCV:2002:9828 |
Número de Recurso | 299/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TSJCV.
Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera Recurso número: 299/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a catorce de octubre de dos mil dos. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente, D. EDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ y Dª AMPARO PEREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:
SENTENCIA NUM: 1624/02 En el recurso contencioso-administrativo n° 299/99, interpuesto por la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN Y EMPLEO DEL PAIS VALENCIA(FOREM PV), representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Esperanza de Oca Ros y dirigida por el Letrado Don Miguel Alcoel Maset, contra la resolución de LA CONSELLERIA DE OCUPACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA GENERALITAT VALENCIANA, de fecha 2.12.1998.
Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION DE LA GENERALITAT VALENCIANA, representada y dirigida por el Letrado de sus servicios jurídicos Don Ignacio Castells Muñoz; siendo ponente la Magistrada DOÑA AMPARO PEREZ NAVARRO.
Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que se acuerde la nulidad de la resolución impugnada, con todas las consecuencias jurídicas que ello implica, reconociendo como situación jurídica individualizada el derecho del recurrente a percibir la cantidad de 253.600 pesetas, indebidamente minoradas.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que, se declare ajustada a derecho la resolución impugnada, absolviendo a la Generalitat Valenciana de la presente demanda.
No habiéndose recibido el pleito a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, y verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 7 de octubre de dos mil dos. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución de fecha 2.12.1998, dictada por el Conseller de Empleo, Industria y Comercio de la Generalitat Valenciana, que resuelve minorar en un total de 253.600 pesetas, la subvención concedida a la entidad demandante para la realización de la acción formativa con número de expediente CO-0.6703/98-V, debido a que en la primera parte del curso se produjo una disminución de 1 alumno y la entidad no dio de alta nuevos alumnos para completar, hasta el décimo día lectivo, él número de alumnos indicados en la resolución de concesión.
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