STSJ Comunidad Valenciana 6489, 30 de Noviembre de 2005

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2005:6489
Número de Recurso76/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución6489
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm.: 76/02 S E N T E N C I A N º 1.391/05 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Iltmos. Sres.:

Presidente D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados D. MIGUEL SOLER MARGARIT Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a treinta de noviembre de dos mil cinco.

Visto por la Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm.76/02, promovido por la Procuradora Dª. Rosa Selma García-Faria en nombre y representación de D. Rafael , D. Constantino , D. Carlos Ramón , D. Íñigo y DIRECCION000 contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alzira de 25 de julio de 2001 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Polígono Industrial Carretera de Albalat, habiendo sido parte en autos el Ayuntamiento de Alzira representado por la Procuradora Dª Celia Sin Sánchez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y unidas las practicadas, evacuado el trámite de conclusiones, se declaró concluso el recurso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día treinta de noviembre del corriente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma Sra. Dª.JOSEFINA SELMA CALPE

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alzira de 25 de julio de 2001 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Polígono Industrial Carretera de Albalat SEGUNDO: Entre otros motivos de impugnación plantean los actores el relativo a la falta de publicación de los instrumentos urbanísticos de donde deriva el Programa de Actuación Integrada, y, en concreto, la falta de publicación en el BOP de las Normas y Ordenanzas del PGOU de Alzira que fue aprobado el 25 de noviembre de 1985, extremo éste que ha sido acreditado en el supuesto de autos mediante oficio remitido por el Alcalde de Alzira en fecha 26 de julio de 2004, en el que se significa que la fecha de publicación en el BOP del PGOU de Alzira que fue aprobado el 25 de noviembre de 1985 es la de 19 de diciembre de 1985 y que las normas urbanísticas no han sido publicadas.

Pues bien, tanto respecto del acto impugnado en este recurso, como respecto del motivo de impugnación referido que se plantea contra el mismo, se ha pronunciado ya esta Sala en ocasiones anteriores, así, entre otras, en sentencia nº 210, de 15 de febrero de 2005 , cuyos fundamentos se reproducen a continuación:

"Primero. La parte recurrente aduce como primer motivo del recurso, basando en él la pretensión que deduce en el Apartado Primero del Suplico de la demanda, la nulidad del proyecto de reparcelación por falta de publicación de las Ordenanzas del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Alcira, aprobado definitivamente por Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Valencia de fecha 25 de noviembre de 1.985, del que dimana el citado proyecto de reparcelación; y fundamenta dicha tesis en lo establecido en el artículo 70.2 LRBRL , a cuyo tenor "los acuerdos que adopten las Corporaciones...

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