STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Octubre de 2005

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2005:5898
Número de Recurso146/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

ROLLO DE APELACION Núm. 146/05 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA S E N T E N C I A Núm. 1.114/05 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a siete de octubre de dos mil cinco.

Visto el recurso de apelación interpuesto por el Letrado de la Generalidad contra el Auto de 16 de febrero de 2.005, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No 8 de Valencia en el Recurso No 50/05 , siendo parte apelada D. Narciso .

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado No 8 de Valencia dictó Auto en el recurso No 50/05 declarando incompetente la jurisdicción contencioso-administrativa para el conocimiento del recurso interpuesto. Notificado el mismo, el Letrado de la Generalidad interpuso recurso de apelación solicitando la revocación del Auto y dejando sin efecto la declaración de incompetencia.

El apelado no se personó ni evacuó el trámite de formalización de la oposición al recurso.

SEGUNDO

Cumplidos los trámites del art. 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y no habiéndose discutido la admisión del recurso ni solicitado el recibimiento a prueba quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del recurso de apelación el día 6 de octubre de 2.005, teniendo lugar la misma el citado día.

CUARTO

Se han cumplido las prescripciones legales en ambas instancias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Hechos del Auto apelado en lo que se refieren a antecedentes y tramitación.

No se aceptan los Fundamentos de Derecho más que en lo que no se opongan a los de esta Sentencia.

SEGUNDO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la adecuación a derecho del Auto apelado en virtud del cual se declaró incompetente la jurisdicción contencioso-administrativa para el conocimiento del recurso interpuesto por D. Narciso contra resolución del Director Territorial de Sanidad de Valencia de 10 de diciembre de 2.004, sobre diferencias retributivas de médico cirujano. El Auto basa su fundamentación en que la competencia viene atribuida a la jurisdicción social La parte apelante alega en defensa de su...

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