Orden AEC/2694/2006, de 18 de julio, por la que se crea la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la República Democrática de Timor Oriental.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Agosto de 2006
MarginalBOE-A-2006-15004
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyOrden

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece, en su artículo 26, que las Oficinas Técnicas de Cooperación son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas de España que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de cooperación en su demarcación.

Por su parte, el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, desarrolla en sus artículos 15 y 16, el contenido de las funciones desempeñadas por estos órganos en el exterior, así como su dependencia orgánica, funcional y su régimen de creación, modificación y supresión.

La intensificación de las acciones de cooperación con la República Democrática de Timor Oriental, país incluido en el grupo de Países Menos Avanzados por el vigente Plan Director de la Cooperación Española (2005-2008) y que, por tanto, es objeto de una Plan de Atención Especial y la necesidad de un seguimiento más estrecho de las mismas que, en la actualidad, se atienden en condiciones difíciles e inadecuadas, desde la Oficina Técnica de Cooperación en Manila, justifican la creación de una Oficina Técnica de Cooperación en Dili, de tal forma que, con la oportuna dotación de recursos materiales y humanos, se posibilite un mejor cumplimiento de los compromisos de la Cooperación Española con este país.

En su virtud y, de acuerdo con la habilitación prevista en el apartado 2 del artículo 16 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, a propuesta de su Presidenta, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y con autorización del Ministro de Economía y hacienda, dispongo:

Primero. Creación de Oficina Técnica de Cooperación.-Se crea la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la República Democrática de Timor Oriental.

Segundo. Funciones.-La Oficina Técnica de Cooperación que se crea por la presente Orden desempeñará las funciones previstas en el apartado 2 del artículo 15 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre.

Tercero. Dependencia.-La Oficina Técnica de Cooperación objeto de la presente Orden se integrará...

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